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En vigorReal Decreto

Real Decreto 864/2006, de 14 de julio, para la mejora del sistema de protección por desempleo de los trabajadores agrarios

También conocida como: RD 864/2006, RD 864/06
Ver en BOE
15 de julio de 2006·16 de marzo de 2022·Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales·BOE-A-2006-12790
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma mejora las ayudas por desempleo para los trabajadores del campo, especialmente en Andalucía y Extremadura.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Cálculo del período de ocupación cotizada

    Para calcular la cotización agraria, se multiplican las jornadas reales por 1,337. Esto aplica para prestaciones contributivas y subsidios a fijos/fijos discontinuos, pero no a eventuales para subsidio o renta agraria.

  2. Artículo 2 — Protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos agrarios y eventuales agrarios

    Los trabajadores fijos discontinuos agrarios de Andalucía y Extremadura, al cesar involuntariamente, podrán optar por prestaciones por desempleo de nivel contributivo o asistencial, o por el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen

  3. Disposición adicional primera

    Se reduce el mínimo de jornadas para eventuales de Andalucía y Extremadura afectados por heladas, aplicando la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 10/2005 a quienes soliciten entre el 21 de junio y el 31 de diciembre de 2006.

  4. Disposición adicional segunda — Trabajadores fijos discontinuos agrarios

    Los trabajadores fijos discontinuos agrarios se rigen por las normas de los fijos. Tienen derecho a prestaciones contributivas o asistenciales en las mismas situaciones y con la misma extensión que los fijos, según la Ley General de la Seguridad Social.

  5. Disposición adicional tercera — Modificación de la escala que fija la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo de los trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social

    La escala que fija la duración de la prestación contributiva para eventuales agrarios se sustituye por la establecida en el artículo 210.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

  6. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga el artículo 5.3 del Real Decreto 426/2003, que regulaba la renta agraria para eventuales residentes en Andalucía y Extremadura.

  7. Disposición final primera — Habilitación normativa

    Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

  8. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. La disposición adicional primera surte efectos desde el 21 de junio de 2006.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
15 de julio de 2006
Departamento
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Notas oficiales

Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 16 de julio de 2006.

Leyes en las que se basa

  • la disposición final 7 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
  • lo indicado del art. 4.1.2.b) de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre BOE-A-2002-24244
  • el art. 5.3 del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril BOE-A-2003-7616
  • Real Decreto-ley 10/2005, de 20 de junio BOE-A-2005-10454

Leyes que la modifican

ayuda desempleo campoayudas al sector agrícolacotización agrariaparo en Andalucía y Extremaduraprestación por desempleo agrariosubsidio agrariotrabajadores agrícolas