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En vigorReal Decreto

Real Decreto 2394/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Protocolo para la recuperación, identificación, traslado e inhumación de los restos mortales de los miembros de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía, fallecidos en operaciones fuera del territorio nacional

También conocida como: RD 2394/2004, RD 2394/04
Ver en BOE
15 de enero de 2005·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2005-724
Resumen en lenguaje sencillo

Establece cómo se deben recuperar, identificar y trasladar a España los restos de militares y policías fallecidos en misiones en el extranjero.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Aprobación del Protocolo

    Se aprueba el Protocolo para la recuperación, identificación, traslado e inhumación de restos mortales de miembros de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía fallecidos fuera del territorio nacional.

  2. Disposición adicional única — Autoridades judiciales españolas

    Lo establecido en este real decreto se entiende sin perjuicio de las competencias de las Autoridades judiciales españolas según su legislación orgánica.

  3. Disposición final primera — Facultades de desarrollo

    Se faculta a los Ministros de Defensa e Interior para el desarrollo de lo previsto en este real decreto, en sus respectivos ámbitos de competencia.

  4. Disposición final segunda — Operaciones exclusivas

    El Ministro de Defensa establece condiciones para operaciones exclusivas de las Fuerzas Armadas. El Ministro del Interior determina condiciones para operaciones exclusivas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

  5. Disposición final tercera — Actualización del Protocolo

    El Jefe del Estado Mayor de la Defensa y otros altos cargos señalan dificultades en una memoria. Los Ministros de Defensa e Interior pueden modificar el protocolo en sus competencias.

  6. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 2394/2004, de 30 de diciembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
15 de enero de 2005
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

ayuda a familias de militaresfallecimiento en misiónidentificación de fallecidosmilitares fallecidos en el extranjeroprotocolo entierro fuerzas armadasrepatriación de restostraslado de restos mortales