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En vigorLey

Ley 21/2005, de 17 de noviembre, de restitución a la Generalidad de Cataluña de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica

También conocida como: L 21/2005, L 21/05
Ver en BOE
18 de noviembre de 2005·Jefatura del Estado·BOE-A-2005-18934
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula la devolución a la Generalitat de Cataluña de los documentos incautados durante la Guerra Civil y crea el Centro de Memoria Histórica.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta Ley tiene por objeto la restitución de los documentos y efectos incautados en Cataluña por la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos, creada por el Decreto de 26 de abril de 1938.

  2. Artículo 2 — Ámbito subjetivo

    El Estado restituye a la Generalidad de Cataluña documentos de sus órganos y del Parlamento custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil. También transfiere documentos incautados a privados en Cataluña, custodiados en dicho archivo.

  3. Artículo 3 — Disposiciones comunes

    El Estado facilita la restitución, subrogándose la Generalidad en derechos y obligaciones. Se deposita una copia auténtica en el Archivo General de la Guerra Civil, cuyo coste asume la Generalidad. La entrega se formaliza en acta en 3 meses.

  4. Artículo 4 — Restitución a la Generalidad de Cataluña

    Se crea una Comisión Mixta Gobierno-Generalidad en 2 meses para identificar documentos. Los ya identificados por convenio de 1982 se entregan en 3 meses desde la entrada en vigor de la ley.

  5. Artículo 5 — Requisitos y procedimiento

    El derecho a restituir documentos incautados a privados debe ejercitarse en 1 año desde la notificación o publicación de la identificación. Se requiere identificación precisa, acreditación de titularidad y sucesión legítima.

  6. Artículo 6 — Exenciones tributarias

    La restitución está exenta de tributos. Si deriva en transmisiones patrimoniales, también está exenta. Los registros públicos aplican beneficios similares a los del Estado en honorarios y aranceles.

  7. Disposición adicional primera — Restitución a personas naturales o jurídicas de carácter privado de otras comunidades autónomas

    Las Comunidades Autónomas pueden solicitar la restitución de documentos privados de otras CCAA al Gobierno, siguiendo el procedimiento y requisitos del artículo 5.

  8. Disposición adicional segunda — Creación y puesta en funcionamiento del Centro Documental de la Memoria Histórica

    En un año desde la entrada en vigor, se crea el Centro Documental de la Memoria Histórica en Salamanca, con titularidad estatal, integrando el Archivo General de la Guerra Civil Española.

  9. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

  10. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Ley 21/2005, de 17 de noviembre, sobre restitución de documentos de la Guerra Civil a la Generalidad de Cataluña y creación del Centro Documental de la Memoria Histórica, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
18 de noviembre de 2005
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley de 15 de septiembre de 1932 (GAZETA) BOE-A-1932-7315
  • Ley de 5 de abril de 1938 (GAZETA) BOE-A-1938-4202
  • Decreto de 26 de abril de 1938 (GAZETA) BOE-A-1938-4899
  • Ley de 9 de febrero de 1939 (GAZETA) BOE-A-1939-1451
  • Real Decreto-ley 41/1977, de 29 de septiembre BOE-A-1977-24354
  • Real Decreto 2761/1977, de 28 de octubre BOE-A-1977-26714
  • Decreto de 13 de septiembre de 1936 (GAZETA) BOE-J-1936-8948

Leyes que la modifican

  • 1682/2006 BOE-A-2006-5698
  • creando el Centro Documental de la Memoria Histórica: Real Decreto 697/2007, de 1 de junio BOE-A-2007-11751
  • creación del Centro Documental de la Memoria Histórica y Archivo General de la Guerra Civil: Ley 52/2007, de 26 de diciembre BOE-A-2007-22296
  • regulando el procedimiento para la restitución a particulares: Real Decreto 2134/2008, de 26 de diciembre BOE-A-2009-441
  • la DESESTIMACIÓN del RECURSO 9007/2005, por Sentencia 20/2013, de 31 de enero BOE-A-2013-2170
  • la DESESTIMACIÓN del RECURSO 1278/2005, por Sentencia 67/2013, de 14 de marzo BOE-A-2013-3803
  • la DESESTIMACIÓN del RECURSO 1682/2006, por Sentencia 68/2013, de 14 de marzo BOE-A-2013-3804
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