Saltar al contenido
← Volver
En vigorInstrucción

Resolución 600/38077/2004, de 26 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor de la Armada, por la que se delega en determinadas autoridades la concesión de licencias de armas a que se refiere el artículo 117 del Reglamento de armas

Ver en BOE
12 de mayo de 2004·Ministerio de Defensa·BOE-A-2004-8870
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece quiénes son los responsables dentro de la Armada con autoridad para conceder licencias de armas al personal militar.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Resolución 600/38077/2004, de 26 de marzo, de la jefatura del estado mayor de la armada, por la que se delega en determinadas autoridades la concesión de licencias de armas a que se refiere el artículo 117 del reglamento de armas — Primero

    Se delega la expedición de autorizaciones del artículo 117 del Reglamento de Armas en: Almirante Jefe de Asistencia y Servicios Generales, Mando Naval de Canarias, Arsenal de Ferrol, Cartagena y La Carraca.

  2. Resolución 600/38077/2004, de 26 de marzo, de la jefatura del estado mayor de la armada, por la que se delega en determinadas autoridades la concesión de licencias de armas a que se refiere el artículo 117 del reglamento de armas — Segundo

    Las resoluciones administrativas derivadas de esta delegación deben indicar expresamente la circunstancia, constando en la antefirma la expresión «Por delegación» con cita de esta Resolución.

  3. Resolución 600/38077/2004, de 26 de marzo, de la jefatura del estado mayor de la armada, por la que se delega en determinadas autoridades la concesión de licencias de armas a que se refiere el artículo 117 del reglamento de armas — Tercero

    Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante, se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la delegación de licencias de armas.

  4. Disposición derogatoria única

    Queda derogada la Resolución 17/1994, de 11 de febrero, de la Jefatura del Estado Mayor de la Armada sobre delegación en concesión de licencias de armas.

  5. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Resolución 600/38077/2004, de 26 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor de la Armada, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
12 de mayo de 2004
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

  • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318
  • Reglamento aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero BOE-A-1993-6202
  • la Resolución 17/1994, de 11 de febrero BOE-A-1994-5047
  • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril BOE-A-1997-7878
armas de la Armadaautorización de armaslicencia de armaspermiso de armas militaresreglamento de armastrámites militares