Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local

También conocida como: L 57/2003, L 57/03
Ver en BOE
17 de diciembre de 2003·23 de mayo de 2013·Jefatura del Estado·BOE-A-2003-23103
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley moderniza cómo funcionan los ayuntamientos y municipios para que sean más ágiles, transparentes y eficaces en la gestión de sus servicios.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

12
Artículos
3
Versiones
22
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

    Modifica la Ley 7/1985. Define competencias municipales y provinciales. Establece organización de ayuntamientos y diputaciones. Regula mancomunaciones, servicios públicos, participación ciudadana y sanciones.

  2. Artículo segundo — Modificación del párrafo h) del artículo 29.2 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública

    Se modifica la Ley 30/1984: quienes ejerzan cargos electivos locales retribuidos y de dedicación exclusiva, responsabilidades directivas municipales o en órganos de reclamaciones económico-administrativas, quedan en situación de servicio activo.

  3. Artículo tercero — Modificación de los artículos 127.1 y 129.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

    Se modifican los artículos 127.1 y 129.1 de la Ley 30/1992. La potestad sancionadora requiere norma con rango de Ley. Solo son infracciones las previstas por Ley, aplicándose lo dispuesto en el título XI de la Ley 7/1985 para entidades locales.

  4. Disposición transitoria primera — Adecuación de los municipios a las previsiones del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

    Los Plenos de ayuntamientos y cabildos tienen 6 meses para adaptar su organización. Mientras, rigen las normas vigentes a la entrada en vigor de la ley.

  5. Disposición transitoria segunda — Régimen transitorio de las entidades públicas empresariales

    Hasta modificar la Ley 39/1988, a las entidades públicas empresariales se les aplica el régimen de sociedades mercantiles locales de capital íntegramente local.

  6. Disposición transitoria tercera.Régimen transitorio de los organismos autónomos locales

    Los Plenos tienen 6 meses para adecuar organismos autónomos administrativos y comerciales/industriales/financieros al nuevo régimen jurídico establecido.

  7. Disposición transitoria quinta

    Secretarios pasan a secretarios generales, interventores a interventores generales y tesoreros a titulares de tesorería. Otros funcionarios permanecen en sus puestos.

  8. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta ley, excepto la disposición adicional sexta de la Ley 7/1985 y sin perjuicio de la disposición transitoria cuarta.

  9. Disposición final primera.Habilitación competencial

    Los preceptos de esta ley constituyen legislación básica del Estado en materia de régimen local, salvo la disposición adicional novena de la Ley 7/1985, conforme al artículo 149.1.18.a de la Constitución.

  10. Disposición final segunda — Desarrollo reglamentario

    Se faculta al Gobierno para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley en materias de competencia estatal.

  11. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, entra en vigor el 1 de enero de 2004.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de diciembre de 2003
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • art. 29.2.h) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
  • determinados preceptos y la denominación del título IX, AÑADE los arts. 70 bis, 85 bis, 85 ter, art. 120 bis y las disposiciones adicionales 8 a 14 y los títulos X y XI y DECLARA la vigencia de la disposición adicional 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-5392
  • los arts. 127.1 y 129.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre BOE-A-1992-26318

Leyes que la modifican

  • 1741/2004 PROMOVIDO CONTRA LA DISPOSICIÓN FINAL 1 BOE-A-2004-7737
  • la disposición transitoria 4, por Ley 1/2006, de 13 de marzo BOE-A-2006-4583
  • en el Recurso 1741/2004, constitucional el art. 70.1 párrafo 2, interpretado según el fj 9, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción dada por el art. 1, por Sentencia 161/2013, de 26 de septiembre BOE-A-2013-11122
  • en el RECURSO 1523/2004, y SE DECLARA la constitucionalidad del art. 130.1.B) y la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado del art. 126.2, interpretado segun el fj 5.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción dada, y la constitucionalidad de la disposición final 1, por Sentencia 103/2013, de 25 de abril BOE-A-2013-5446
  • en el Recurso 1598/2004, la DESESTIMACIÓN en relación con la disposición final 1 y el art. 1, por Sentencia 143/2013, de 11 de julio BOE-A-2013-8501
alcaldesayuntamientosfuncionarios municipalesgestión municipalorganización del municipioparticipación ciudadanaservicios públicos localestrámites locales