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En vigorAcuerdo

Acuerdo de 19 de diciembre de 2002, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional

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24 de diciembre de 2002·27 de julio de 2026·Tribunal Constitucional·BOE-A-2002-25040
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo se calculan y pagan los sueldos y complementos del personal que trabaja en el Tribunal Constitucional.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Ámbito de aplicación

    El régimen retributivo aplica a funcionarios (carrera/eventuales) y personal laboral del Tribunal Constitucional.

  2. Artículo 2 — Funcionarios de carrera

    El régimen retributivo incluye: sueldo (Ley Presupuestos o equivalente a Magistrados/Secretarios Judiciales), trienios (normativa específica), pagas extraordinarias, complemento de destino, específico y de adecuación (fijados por el Pleno).

  3. Artículo 3 — Funcionarios eventuales

    Eventuales: retribuciones básicas por grupo y complementarias (incluido antigüedad). Carrera en puestos eventuales: básicas (con trienios) y complementarias por puesto y antigüedad.

  4. Artículo 4 — Personal en régimen laboral

    Personal laboral: retribuciones según Convenio Colectivo, con equiparación a funcionarios de nivel similar.

  5. Disposición final

    El Acuerdo entra en vigor el 1 de enero de 2003 y se publica en el Boletín Oficial del Estado.

  6. Disposición derogatoria

    Desde la entrada en vigor, queda sin efectos el Acuerdo de 3 de julio de 1990 sobre retribuciones del personal del Tribunal Constitucional.

Información general

Tipo de ley
Acuerdo
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de diciembre de 2002
Departamento
Tribunal Constitucional

Leyes en las que se basa

  • Ley 30/1984 de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
  • el Acuerdo de 3 de julio de 1990 BOE-A-1990-18695

Leyes que la modifican

  • el art. 2.1, 2.2 y 3, por Acuerdo de 16 de diciembre de 2004 BOE-A-2005-138
  • los arts. 2.2.c) y 3, por Acuerdo de 27 de mayo de 2014 BOE-A-2014-5589
  • los arts. 2.2 y 3, por Acuerdo de 8 de julio de 2026 BOE-A-2026-16307
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