Ley 14/2002, de 5 de junio, por la que se establecen ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público, y otras normas tributarias
También conocida como: L 14/2002, L 14/02Ayudas económicas para personas con hemofilia que contrajeron hepatitis C por tratamientos recibidos en la sanidad pública.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Titularidad del derecho
Tienen derecho las personas con hemofilia/coagulopatías que desarrollaron hepatitis C por tratamiento público y están en el censo del art. 80 Ley 55/1999. Si fallecen, la heredan hijos menores/incapacitados, cónyuge no separado o pareja estable (2 años), o padres.
Artículo 2 — Ayudas sociales
Los beneficiarios reciben una ayuda única de 18.030,36 euros. Esta cantidad es compatible con cualquier pensión pública que el beneficiario tenga derecho a percibir.
Artículo 3 — Solicitudes de las ayudas
El Ministerio de Sanidad tramita y paga. Plazo: 4 meses desde el Reglamento. Silencio: desestimación. Renuncia previa a reclamaciones por hepatitis C es obligatoria. No acceden quienes tengan sentencia condenatoria contra la Administración.
Disposición adicional primera — Censo
Reglamentariamente podrán percibir las ayudas quienes, cumpliendo los requisitos, no figuren en el censo del art. 80 Ley 55/1999 debido a circunstancias objetivas y debidamente acreditadas.
Disposición adicional segunda — Recursos financieros
El Ministerio de Hacienda habilitará los recursos financieros necesarios para la ejecución de la Ley 14/2002, de 5 de junio, que establece ayudas sociales a personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que desarrollaron hepatitis C por tratamientos públicos.
Disposición final primera — Modificación de normativa tributaria
Se añade una letra s) al artículo 7 de la Ley 40/1998 del IRPF, estableciendo que las ayudas económicas del artículo 2 de esta Ley están exentas o reguladas tributariamente según dicha norma.
Disposición final segunda — Facultad de ejecución
Se autoriza al Gobierno y a los Departamentos ministeriales para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta ley sobre ayudas a personas con hemofilia.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Ley 14/2002, de 5 de junio, sobre ayudas sociales a personas con hemofilia o coagulopatías congénitas que desarrollaron hepatitis C, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 7 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre BOE-A-1998-28472
- el art. 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre BOE-A-1999-24786
Leyes que la modifican
- con el art. 30.2 y la disposición adicional 1, regulando el procedimiento para la tramitación de las ayudas: Real Decreto 377/2003, de 28 de marzo BOE-A-2003-6380
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