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En vigorReal Decreto

Real Decreto 592/1993, de 23 de abril, por el que se determina la composición y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida

También conocida como: RD 592/1993, RD 592/93
Ver en BOE
7 de mayo de 1993·Ministerio de Sanidad y Consumo·BOE-A-1993-11807
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo se organiza el grupo de expertos encargado de coordinar las acciones y programas para prevenir y controlar el VIH en España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Denominación, adscripción y funciones

    La Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida se adscribe al Ministerio de Sanidad y Consumo. Realiza funciones de informe y seguimiento, con asesoramiento técnico y un Consejo Asesor Clínico designado por su Presidente.

  2. Artículo 2 — Funcionamiento

    La Comisión actúa en Pleno o Subcomisiones. El Pleno se reúne al menos dos veces al año. Las Subcomisiones preparan trabajos técnicos en prevención, asistencia, formación, investigación y epidemiología.

  3. Artículo 3 — Del Pleno

    El Pleno de la Comisión Nacional Sida lo preside el Secretario general de Salud y lo vicepreside el de Planificación. Son vocales directores generales de salud, investigación, farmacia, etc., y representantes de Comunidades Autónomas, Ministerios, municipios y colegios profesionales.

  4. Artículo 4 — Secretaría de la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida

    La Secretaría la desempeña la del Plan Nacional sobre el Sida. Sus funciones incluyen elaborar propuestas, realizar estudios, recopilar información, asesorar, mantener relaciones internacionales y proponer formación. Depende de la Secretaría General de Salud.

  5. Disposición final primera — Facultades de aplicación

    El Ministro de Sanidad y Consumo puede dictar las disposiciones necesarias para aplicar este Real Decreto.

  6. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    El Real Decreto 592/1993, de 23 de abril, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de mayo de 1993
Departamento
Ministerio de Sanidad y Consumo

Leyes en las que se basa

  • la Ley 14/1986, de 25 de abril BOE-A-1986-10499
  • el Real Decreto 858/1992, de 10 de julio BOE-A-1992-16666
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