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En vigorLey

Ley 8/2000, de 20 de junio, por la que se procede a la homologación de las retribuciones de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Comunidad de Madrid con los de la Administración General del Estado, y de los Diputados de la Asamblea de Madrid con los Diputados por Madrid del Congreso

También conocida como: L 8/2000, L 8/00
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8 de agosto de 2000·30 de diciembre de 2024·Comunidad de Madrid·BOE-A-2000-15063
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley iguala los sueldos de los políticos y altos cargos de Madrid con los que cobran los representantes del Gobierno central en el Congreso.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo único

    Se homologan retribuciones de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid con la Administración General del Estado. El Presidente equivale a Secretario de Estado. Los demás cargos tienen descuentos: Vicepresidente 4%, Consejero 8%, Viceconsejero 12%, otros 16%. La Asamblea homologa a sus Diputados con el

  2. Disposición adicional

    La ley se aplica al Director-Gerente de Canal de Isabel II, cuyas retribuciones se homologan a las de Director General.

  3. Disposición derogatoria

    Se deroga el inciso final del artículo 30.2 de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradiga o se oponga a lo dispuesto en la presente Ley.

  4. Disposición final

    La Ley 8/2000, de 20 de junio, sobre homologación de retribuciones de altos cargos y diputados de la Comunidad de Madrid, entra en vigor el 1 de julio de 2000.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
8 de agosto de 2000
Departamento
Comunidad de Madrid

Notas oficiales

Publicada en el BOCM núm. 148, de 23 de junio de 2000.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • la disposición adicional, por Ley 9/2024, de 26 de diciembre BOE-A-2025-5524
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