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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior

También conocida como: RD 1412/2000, RD 1412/00
Ver en BOE
22 de julio de 2000·4 de diciembre de 2025·Presidencia del Gobierno·BOE-A-2000-13864
Resumen en lenguaje sencillo

Este decreto crea un órgano asesor para ayudar al Gobierno a coordinar y definir las líneas generales de la política exterior de España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
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5
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Qué ha cambiado

9 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación

    Se crea el Consejo de Política Exterior como órgano colegiado de apoyo al Presidente del Gobierno en dirección y coordinación de la acción exterior.

  2. Artículo 2 — Composición

    Preside el Consejo el Presidente del Gobierno, con vicepresidentes, ministros y jefe del Gabinete. Se convocan otras autoridades según asuntos. La secretaría la ejerce el Departamento de Asuntos Exteriores.

  3. Artículo 3 — Funciones

    El Consejo analiza materias exteriores, establece directrices, coordina departamentos ministeriales y asiste al Presidente del Gobierno en el cumplimiento de las directrices de política exterior.

  4. Artículo 4 — Programación de los asuntos encomendados al Consejo

    El Consejo aprueba anualmente directrices y recursos. Reúne dos veces al año, convocado por el Presidente del Gobierno. Remite informe anual al Congreso sobre la acción exterior.

  5. Artículo 5 — Consejo Ejecutivo de Política Exterior

    Se crea el Consejo Ejecutivo, presidido por el Ministro de Exteriores. Sus miembros son Subsecretarios o Secretarías de Estado. La secretaría la ejerce un cargo de la Presidencia del Gobierno.

  6. Disposición final única — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de julio de 2000
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 2 y SE AÑADE un art. 4 y 5, por Real Decreto 1389/2007, de 29 de octubre BOE-A-2007-18766
  • los arts. 2.1 y 5, por Real Decreto 998/2012, de 28 de junio BOE-A-2012-8672
  • los arts. 2 y 5, por Ley 2/2014, de 25 de marzo BOE-A-2014-3248
  • el art. 5, por Real Decreto 982/2021, de 10 de noviembre BOE-A-2021-18397
  • los arts. 2 y 5.3 y 5, por Real Decreto 236/2021, de 30 de marzo BOE-A-2021-5028
  • el art. 5.5, por Real Decreto 707/2024, de 17 de julio BOE-A-2024-14727
  • el art. 2.3, por Real Decreto 1244/2024, de 3 de diciembre BOE-A-2024-25204
  • los arts. 2.3 y 5.5, por Real Decreto 1081/2025, de 2 de diciembre BOE-A-2025-24546
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