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Decreto 1290/1965, de 13 de mayo, por el que se autoriza la constitución del Colegio Oficial de Peritos Topógrafos

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29 de mayo de 1965·2 de junio de 1969·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1965-8952
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma autoriza la creación del Colegio Oficial de Peritos Topógrafos para organizar y regular el ejercicio de esta profesión en España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1

    Se autoriza el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía como corporación profesional con personalidad jurídica, dependiente de la Presidencia del Gobierno.

  2. Artículo 2

    Para ejercer como Perito Topógrafo es obligatorio colegiarse. Deben integrarse: poseedores del título del Ministerio de Educación, funcionarios del Cuerpo de Topógrafos Ayudantes y diplomados de la Escuela de Geodesia y Topografía del Ejército e Hidrógrafos de la Marina.

  3. Artículo 3

    El Colegio vela por la profesión, defiende derechos, fomenta formación, colabora con la Administración, combate el intrusismo, organiza previsión social y coopera con la Justicia en peritajes.

  4. Artículo 4

    Los recursos del colegio provienen de cuotas de colegiados, subvenciones, donativos, bienes propios y otros ingresos corporativos como publicaciones.

  5. Artículo 5

    Los órganos rectores son el Decano, la Junta de Gobierno y la Junta General de Colegiados, cuyas facultades se fijan en los estatutos.

  6. Artículo 6

    La Junta de Gobierno Provisional, integrada por representantes de la Asociación Nacional y de Ayudantes, redactará los Estatutos en 3 meses para su aprobación por la Presidencia del Gobierno.

  7. Artículo 7

    La Presidencia del Gobierno está facultada para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo del Decreto 1290/1965, de 13 de mayo, que autoriza la constitución del Colegio Oficial de Peritos Topógrafos.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de mayo de 1965
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

  • Decreto 1908/1962, de 8 de agosto BOE-A-1962-16013

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 155 de 30 de junio de 1965 BOE-A-1965-10868
  • por Decreto 988/1969, de 9 de mayo BOE-A-1969-681
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