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Instrucción de 26 de marzo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre certificaciones catastrales descriptivas y gráficas a los efectos de constancia documental y registral de la referencia catastral

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16 de abril de 1999·Ministerio de Justicia·BOE-A-1999-8516
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo incluir la referencia catastral en documentos notariales y registros para identificar correctamente tu vivienda o terreno.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Instrucción de 26 de marzo de 1999, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre certificaciones catastrales descriptivas y gráficas a los efectos de constancia documental y registral de la referencia catastral — Primero

    Los Notarios y Registradores consideran suficientes las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de la Dirección General del Catastro, aunque no incluyan nombres de propietarios colindantes, si no hay dudas sobre la identidad de la finca.

  2. Instrucción de 26 de marzo de 1999, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre certificaciones catastrales descriptivas y gráficas a los efectos de constancia documental y registral de la referencia catastral — Segundo

    La inmatriculación con títulos anteriores al 29/10/1998 exige presentación antes del 30/10/1999. Los posteriores se rigen por la nueva redacción del art. 298. Solo títulos posteriores a la Ley 13/1996 requieren certificación descriptiva y gráfica.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de abril de 1999
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • art. 33 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre BOE-A-1996-29117
  • Disposición final tercera de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre BOE-A-1997-28053
  • Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre BOE-A-1998-22517

Leyes que la modifican

  • en BOE num. 102, de 29 de abril de 1999 BOE-A-1999-9531
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