Saltar al contenido
← Volver
Ya no está en vigorOrden

Orden de 15 de junio de 1995 por la que se determinan las especificaciones técnicas que deben reunir los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados

Ver en BOE
22 de junio de 1995·4 de diciembre de 2015·Ministerio de Justicia e Interior·BOE-A-1995-15070
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo deben ser los vehículos policiales para garantizar la seguridad durante el traslado de detenidos y presos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4
Artículos
2
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
22 de junio de 1995
Departamento
Ministerio de Justicia e Interior

Leyes en las que se basa

  • codigo de la circulación, aprobado por Decreto de 25 de septiembre de 1934 (Gazeta: Ref. 1934/08197) BOE-A-1934-8197
  • art. 7 del Decreto 2355/1967, de 16 de septiembre BOE-A-1967-16459
  • Reglamento núm. 36 Anejo al Acuerdo de 20 de marzo de 1958 BOE-A-1978-23226
  • el Reglamento aprobado Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo BOE-A-1981-14095
  • Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre BOE-A-1985-23751
  • Orden de 6 de abril de 1990 BOE-A-1990-9057
  • Real Decreto 1317/1991, de 2 de agosto BOE-A-1991-22529

Leyes que la modifican

cárcelesfurgones policialesnormas de seguridadseguridad en vehículostransporte de detenidostraslado de presosvehículos policiales