Real Decreto 484/1990, de 30 de marzo, sobre precio de venta al público de libros
También conocida como: RD 484/1990, RD 484/90Esta norma establece que los libros deben venderse al mismo precio en todas las librerías, permitiendo solo descuentos muy limitados por ley.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 23 de junio de 2007Reforma BOE-A-2007-12351Ver qué cambió →
- 8 de julio de 1992Reforma BOE-A-1992-16090Ver qué cambió →
- 20 de abril de 1990Versión original BOE-A-1990-9252
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1
Editores/importadores fijan precio. Al contado: 95-100%. Consumidor final: uso propio. Ofertas conjuntas: precio total. Colecciones: precio inferior. Plazo/crédito: precios distintos.
Artículo 2
Exentos: bibliófilo, artístico, antiguo, usado, descatalogado, >2 años (6 meses oferta), suscripciones. Separados. Editor cumple Art. 67 LPI.
Artículo 3
Descuento máx. 10% en ferias/libro. 15% para bibliotecas, archivos, museos, centros docentes, instituciones científicas.
Artículo 5
Ediciones especiales: especificar destino. Venta solo a miembros/entidad. Asociaciones: precio libre miembros. Resto: precio fijo.
Artículo 6
Indicar precio fijo: impresión, etiqueta, encarte, catálogo. ISBN: Decreto 2984/1972, Orden 25/03/1987 o códigos.
Artículo 7
El librero debe mostrar catálogos o facturas al consumidor. Debe indicar el precio en los libros y exhibir un extracto del Real Decreto en lugar visible.
Artículo 8
Las responsabilidades administrativas por incumplir el Real Decreto no excluyen acciones por competencia desleal si se obtuvieron ventajas mediante infracción.
Disposición derogatoria
Se deroga el Real Decreto 2828/1979 y la Orden de 10 de diciembre de 1980 sobre precio de venta al por menor de libros al público.
Disposición final
El Real Decreto 484/1990, de 30 de marzo, sobre el precio de venta al público de libros, entra en vigor a partir de los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Notas oficiales
Entrada en vigor: conforme a la corrección de errores, el 20 de mayo de 1990.
Leyes en las que se basa
- Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre BOE-A-1972-1582
- la Ley 9/1975, de 2 de marzo BOE-A-1975-5293
- Real Decreto 2828/1979, de 26 de octubre BOE-A-1979-29945
- Orden de 10 de diciembre de 1980 BOE-A-1980-27591
- Ley 22/1987, de 11 de noviembre BOE-A-1987-25628
- Orden de 25 de marzo de 1987 BOE-A-1987-8061
Leyes que la modifican
- el art. 7, por Orden de 15 de junio de 1990 BOE-A-1990-15272
- en BOE núm. 99, de 25 de abril de 1990 BOE-A-1990-9528
- del TS de 13 de marzo de 1992, por la que se declara Nulo el art. 4 y en lo mencionado el art. 3.B), por Orden de 29 de mayo de 1992 BOE-A-1992-16090
- salvo los arts. 6 y 7, por Ley 10/2007, de 22 de junio BOE-A-2007-12351
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