Ley 3/1989, de 3 de marzo, por la que se amplía a dieciséis semanas el permiso por maternidad y se establecen medidas para favorecer la igualdad de trato de la mujer en el trabajo
También conocida como: L 3/1989, L 3/89Esta ley amplía el permiso de maternidad a dieciséis semanas y promueve la igualdad de trato y oportunidades para las mujeres en el ámbito laboral.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 29 de marzo de 1995Reforma BOE-A-1995-7730Ver qué cambió →
- 29 de junio de 1994Reforma BOE-A-1994-14960Ver qué cambió →
- 1 de mayo de 1992Reforma BOE-A-1992-9361Ver qué cambió →
- 8 de marzo de 1989Versión original BOE-A-1989-5272
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo segundo
Se crea la excedencia para el cuidado de hijos (máx. 3 años) con reserva de puesto el primer año. El permiso por maternidad es de 16 semanas (ampliables a 18 en parto múltiple), distribuidas a opción, con 6 semanas posteriores al parto. En adopción, 8 semanas si el menor tiene menos de 9 meses.
Artículo tercero
Los funcionarios tienen derecho al respeto de su intimidad y dignidad, incluida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Las suspensiones o permicios iniciados antes de esta ley se rigen por ella si no se agotaron los plazos antiguos ni se superan los nuevos. Se suprimen normas contrarias y se autorizan disposiciones reglamentarias.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- un nuevo párrafo al Número 1 del art. 63 de la Ley de funcionarios Civiles del Estado, texto articulado de 7 de febrero de 1964 BOE-A-1964-2140
- Convenio de 28 de junio de 1952 BOE-A-1966-12593
- apartados Mencionados de los arts. 4, 37, 45, 46 y 48 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo BOE-A-1980-5683
- número 1 del art. 29, añade un nuevo Número a los arts. 29 y 30 y suprime el apartado B) del número 3 del art. 29 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
- Ley 21/1987, de 11 de noviembre BOE-A-1987-25627
Leyes que la modifican
- la disposición adicional, por Ley 8/1992, de 30 de abril BOE-A-1992-9361
- la disposición adicional, por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
- el art. 1, por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo BOE-A-1995-7730
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.