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En vigorLey

Ley 3/1989, de 3 de marzo, por la que se amplía a dieciséis semanas el permiso por maternidad y se establecen medidas para favorecer la igualdad de trato de la mujer en el trabajo

También conocida como: L 3/1989, L 3/89
Ver en BOE
8 de marzo de 1989·29 de marzo de 1995·Jefatura del Estado·BOE-A-1989-5272
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley amplía el permiso de maternidad a dieciséis semanas y promueve la igualdad de trato y oportunidades para las mujeres en el ámbito laboral.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
4
Versiones
9
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo segundo

    Se crea la excedencia para el cuidado de hijos (máx. 3 años) con reserva de puesto el primer año. El permiso por maternidad es de 16 semanas (ampliables a 18 en parto múltiple), distribuidas a opción, con 6 semanas posteriores al parto. En adopción, 8 semanas si el menor tiene menos de 9 meses.

  2. Artículo tercero

    Los funcionarios tienen derecho al respeto de su intimidad y dignidad, incluida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.

  3. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

    Las suspensiones o permicios iniciados antes de esta ley se rigen por ella si no se agotaron los plazos antiguos ni se superan los nuevos. Se suprimen normas contrarias y se autorizan disposiciones reglamentarias.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
8 de marzo de 1989
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • un nuevo párrafo al Número 1 del art. 63 de la Ley de funcionarios Civiles del Estado, texto articulado de 7 de febrero de 1964 BOE-A-1964-2140
  • Convenio de 28 de junio de 1952 BOE-A-1966-12593
  • apartados Mencionados de los arts. 4, 37, 45, 46 y 48 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo BOE-A-1980-5683
  • número 1 del art. 29, añade un nuevo Número a los arts. 29 y 30 y suprime el apartado B) del número 3 del art. 29 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
  • Ley 21/1987, de 11 de noviembre BOE-A-1987-25627

Leyes que la modifican

  • la disposición adicional, por Ley 8/1992, de 30 de abril BOE-A-1992-9361
  • la disposición adicional, por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
  • el art. 1, por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo BOE-A-1995-7730
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