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En vigorotro

Instrucción de 9 de enero de 1987, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legitimación de los particulares para obtener certificaciones del Registro Civil

Ver en BOE
20 de enero de 1987·Ministerio de Justicia·BOE-A-1987-1245
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica quién puede pedir y obtener certificados oficiales de nacimiento, matrimonio o defunción en el Registro Civil.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

1
Versiones
2
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de enero de 1987
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957(Gazeta) BOE-A-1957-7537
  • Reglamento del Registro Civil, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-18486
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