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En vigorReal Decreto

Real Decreto 825/1978, de 2 de marzo, por el que se crea el pasaporte de servicio para el personal de las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

También conocida como: RD 825/1978, RD 825/78
Ver en BOE
27 de abril de 1978·21 de mayo de 2025·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1978-11099
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula el pasaporte especial que utiliza el personal que trabaja en embajadas y consulados españoles fuera de España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5
Artículos
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Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se crea el pasaporte de servicio para personal de representaciones diplomáticas y consulares en el extranjero que no tenga derecho al pasaporte diplomático según el Derecho Internacional.

  2. Artículo 2

    El Ministerio de Asuntos Exteriores expide el pasaporte de servicio si hay necesidad de servicio. Debe tenerse pasaporte ordinario vigente. La Dirección General de Seguridad lo confecciona.

  3. Artículo 3

    El pasaporte de servicio caduca al terminar las funciones del titular. También puede terminar su validez por decisión del Ministerio de Asuntos Exteriores si desaparecen las razones de su expedición.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de abril de 1978
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

  • el Real Decreto 3129/1977, de 23 de septiembre BOE-A-1977-29666

Leyes que la modifican

documentación oficialpasaporte de serviciopasaporte diplomáticopersonal consulartrabajadores embajadasviajar al extranjero