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En vigorReal Decreto

Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos

También conocida como: RD 2028/1986, RD 2028/86
Ver en BOE
2 de octubre de 1986·29 de mayo de 2026·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1986-26182
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir los vehículos y sus piezas para poder circular legalmente en España.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
45
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

44 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Define: Homologación CEE (ajuste a Directivas CEE), Homologación de tipo (ajuste a ficha características RD 2140/1985) y Homologaciones parciales (piezas a Directivas o Acuerdo de Ginebra).

  2. Artículo 2

    Los certificados de homologaciones parciales expedidos por España o Estados miembros de la CEE son válidos para acreditar el cumplimiento de requisitos de la ficha de características del RD 2140/1985.

  3. Artículo 3

    Los fabricantes pueden solicitar homologación según Directivas del anexo I/II, salvo las modificadas, hasta que aplique la Homologación CEE.

  4. Artículo 4

    Los nuevos vehículos y matrículas en España deben cumplir requisitos de Directivas CEE según fechas del anexo I. No es necesario si se cumplen reglamentaciones de la columna 4 del anexo I.

  5. Artículo 5

    Las solicitudes de homologación parcial se formulan y tramitan según el procedimiento del artículo 8 del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre.

  6. Artículo 6

    Las resoluciones de homologación usan certificados de las Directivas. Si no hay modelo, el interesado puede solicitar certificado a la Dirección General de Innovación Industrial y Tecnología.

  7. Artículo 7

    Los ensayos se realizan en laboratorios acreditados por el Ministerio de Industria y Energía. La Estación de Mecánica Agrícola del Ministerio de Agricultura puede ensayar tractores agrícolas.

  8. Artículo 8

    La conformidad de la producción de productos homologados se lleva a cabo según el procedimiento del artículo 8.6 del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre.

  9. Disposición final primera

    El Ministerio de Industria y Energía puede modificar el anexo I del Real Decreto para adaptarlo a nuevas Directivas y Reglamentos del Acuerdo de Ginebra de 1958, estableciendo fechas de cumplimiento obligatorio.

  10. Disposición final segunda

    El Real Decreto 2028/1986 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  11. Disposición adicional

    Los vehículos construidos según Directivas de la CEE pueden circular en España. Se extiende una tarjeta que autoriza la circulación, aunque no se cumplan algunas exigencias del Código de la Circulación.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
2 de octubre de 1986
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre BOE-A-1985-23751
  • Directiva 70/156/CEE, de 6 de febrero DOUE-L-1970-80014
  • Directiva 74/150/CEE, de 14 de marzo DOUE-L-1974-80041
  • Directiva 78/315/CEE, de 21 de diciembre DOUE-L-1978-80061
  • Directiva 79/694/CEE, de 24 de julio DOUE-L-1979-80253
  • Directiva 82/890/CEE, de 17 de diciembre DOUE-L-1982-80588

Leyes que la modifican

  • los anexos I y II por: Orden de 4 de febrero de 1988 BOE-A-1988-3903
  • los anexos I y II, por Orden de 24 de noviembre de 1989 BOE-A-1989-29544
  • los anexos I y II, por Orden de 10 de abril de 1989 BOE-A-1989-9059
  • los anexos I y II, por Orden de 16 de julio de 1991 BOE-A-1991-19294
  • los anexos I y II, por Orden de 24 de julio de 1992 BOE-A-1992-18634
  • los anexos I y II, por Orden de 24 de enero de 1992 BOE-A-1992-2982
  • los anexos I y II, por Orden de 10 de junio de 1993 BOE-A-1993-16766
  • los anexos I y II, por Orden de 15 de octubre de 1993 BOE-A-1993-25901
  • los anexos I y II, por Orden de 29 de diciembre de 1992 BOE-A-1993-618
  • los anexos I y II, por Orden de 22 de febrero de 1994 BOE-A-1994-6014
  • sobre dispositivos de limitación de velocidad: Real Decreto 2484/1994, de 23 de diciembre BOE-A-1995-1740
  • los anexos I y II, por Orden de 9 de marzo de 1995 BOE-A-1995-7055
  • los anexos I y II, por Orden de 24 de abril de 1996 BOE-A-1996-10409
  • los anexos I y II, por Orden de 25 de abril de 1997 BOE-A-1997-9873
  • los anexos I y II , por Orden de 28 de julio de 1998 BOE-A-1998-19106
  • los anexos I y II, por Orden de 9 de diciembre de 1997 BOE-A-1998-52
  • los anexos I y II, por Orden de 14 de junio de 1999 BOE-A-1999-13897
  • los anexos I y II , por Orden de 17 de febrero de 1999 BOE-A-1999-4704
  • los anexos I y II, por Orden de 14 de julio de 2000 BOE-A-2000-13706
  • los anexos I y II, por Orden de 4 de febrero de 2000 BOE-A-2000-2765
  • los anexos I y II, por Orden de 23 de julio de 2001 BOE-A-2001-15555
  • los anexos I y II, por Orden de 27 de diciembre de 2000 BOE-A-2001-175
  • los anexos I y II, por la Orden CTE/1612/2002, de 25 de junio BOE-A-2002-12763
  • sobre el consumo de combustible y las emisiones de CO2: Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto BOE-A-2002-15766
  • los anexos I y II, por Orden CTE/2780/2003, de 8 de octubre BOE-A-2003-18821
  • los anexos I y II, por Orden CTE/3347/2002, de 26 de diciembre BOE-A-2003-93
  • los anexos I y II, por Orden ITC/3158/2004, de 23 de septiembre BOE-A-2004-17095
  • los anexos I y II, por Orden CTE/0315/2004, de 10 de febrero BOE-A-2004-2883
  • los anexos I y II, por Orden ITC/3079/2005, de 3 de octubre BOE-A-2005-16583
  • los anexos I y II, por Orden ITC/1900/2006, de 13 de junio BOE-A-2006-10739
  • los anexos I y II, por Orden ITC/3780/2006, de 30 de noviembre BOE-A-2006-21817
  • los anexos I y II, por Orden ITC/445/2006, de 14 de febrero BOE-A-2006-3152
  • los anexos I y II, por Orden ITC/2948/2007, de 27 de septiembre de 2007 BOE-A-2007-17837
  • los anexos I y II, por Orden ITC/658/2007, de 13 de marzo BOE-A-2007-5939
  • los anexos I y II, por Orden ITC/1620/2008, de 5 de junio BOE-A-2008-9972
  • los anexos I y II, por Orden ITC/2816/2009, de 16 de octubre BOE-A-2009-16729
  • los anexos I y II, por Orden ITC/743/2009, de 20 de marzo BOE-A-2009-5081
  • los anexos I y II, por Orden ITC/3124/2010, de 26 de noviembre BOE-A-2010-18557
  • los anexos I y II, por Orden IET/1043/2012, de 10 de mayo BOE-A-2012-6555
  • los anexos I y II, por Orden IET/1951/2013, de 22 de octubre BOE-A-2013-11128
  • los anexos I y II, por Orden IET/1105/2014, de 26 de junio BOE-A-2014-6799
  • los anexos I y II, por Orden IET/2556/2014, de 26 de diciembre BOE-A-2015-182
  • los anexos I y II, por Orden IET/904/2016, de 2 de junio BOE-A-2016-5665
  • con sustitución del anexo I de la Orden EIC/1337/2017, de 18 de diciembre, en BOE num. 31 de 3 de febrero de 2018 BOE-A-2018-1486
  • los anexos I y II, por Orden EIC/1337/2017, de 18 de diciembre BOE-A-2018-405
  • los anexos I y II, por Orden ICT/397/2020, de 30 de abril BOE-A-2020-4901
  • en la Orden ICT/397/2020, de 30 de abril, en BOE núm. 136, de 15 de mayo de 2020 BOE-A-2020-5055
  • el anexo I, por Orden PJC/528/2026, de 26 de mayo BOE-A-2026-11580
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