Orden de 10 de julio de 1984 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Instituto Social de la Marina
Esta norma explica cómo se organiza el Instituto Social de la Marina para gestionar los servicios y la protección social de los trabajadores del mar.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 7 de septiembre de 2001Reforma BOE-A-2001-17026Ver qué cambió →
- 7 de agosto de 1984Versión original BOE-A-1984-17587
Artículo por artículo
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Artículo 1
La Orden de 10 de julio de 1984 establece la estructura del Instituto Social de la Marina: Dirección General, Secretaría General, Subdirección de Seguridad Social, Subdirección de Administración y Subdirección de Acción Social Marítima, con sus respectivos servicios y personal.
Artículo 2
A efectos administrativos y económicos, la Jefatura de Negociados sustituye a la de Grupo. Las Secretarías con nivel 3 equivalen a Jefe de Negociado en Servicios Centrales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Las unidades suprimidas mantienen funciones y jefes hasta la implantación gradual de la nueva estructura por el Director general del Instituto Social de la Marina. El total de cargos retribuidos no puede superar el anterior.
DISPOSICIÓN FINAL
La Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social dicta resoluciones para aplicar esta Orden. Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. No incrementa el gasto público.
Información general
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto BOE-A-1982-24551
- Real Decreto 996/1984, de 9 de mayo BOE-A-1984-11909
Leyes que la modifican
- el apartado 2.4, por Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto BOE-A-2001-17026
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