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En vigorLey

Ley 2/1984, de 10 de mayo, del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana

También conocida como: L 2/1984, L 2/84
Ver en BOE
6 de junio de 1984·2 de mayo de 1984·Comunidad Valenciana·BOE-A-1984-12725
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula el organismo encargado de apoyar y financiar a las pequeñas y medianas empresas industriales en la Comunidad Valenciana.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Se crea el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana, organismo autónomo adscrito a la Consellería de Industria, Comercio y Turismo, con las funciones de esta Ley.

  2. Artículo 2

    El Instituto es entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y autonomía económica y administrativa para sus fines y gestión patrimonial.

  3. Artículo 3

    El Instituto impulsa la política del Consell para la pequeña y mediana industria valenciana. Sus objetivos son: adaptarlas a la tecnología y mercado; reorganizarlas y crear nuevas industrias; fomentar fusiones para mejorar la competitividad; mejorar su gestión y cualquier otra actuación de mejora.

  4. Artículo 4

    El Instituto puede: asistir técnicamente, difundir información, formar personal con cursos y becas, estudiar la problemática empresarial y facilitar financiación (nuevos canales, capital, préstamos, garantías). Colabora con Universidades, Cámaras, Colegios y Sindicatos.

  5. Artículo 5

    El Instituto tiene Comité de Dirección (gobierno, presidido por el Conseller), Secretario general (ejecución, nombrado por el Consell), Servicios Técnicos y Consejo Asesor (consultivo). El Comité incluye al Presidente, Vicepresidente y hasta 5 vocales. Su reglamento se aprueba por el Consell.

  6. Artículo 6

    Los recursos del Instituto son: consignaciones presupuestarias de la Generalidad, subvenciones públicas o privadas, rentas de su patrimonio, ingresos por servicios y otros recursos atribuidos.

  7. Disposición final primera

    Se autoriza a la Conselleria de Hacienda a transferir créditos para aplicar al Instituto las consignaciones de 1984 del Programa 239 (Pequeña y Mediana Empresa), mediante baja en la sección 11, Servicio 02 de los Presupuestos de la Generalidad Valenciana.

  8. Disposición final segunda

    La Ley 2/1984, de 10 de mayo, del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de junio de 1984
Departamento
Comunidad Valenciana

Notas oficiales

Publicada en el DOCV núm. 159, de 2 de mayo de 1984.

Leyes en las que se basa

  • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
  • el Estatuto, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio BOE-A-1982-17235
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