Ley 2/1984, de 27 de abril, por la que se establece el Escudo del Principado y se regula su uso
También conocida como: L 2/1984, L 2/84Esta ley define cómo es el escudo oficial del Principado de Asturias y establece las normas sobre cuándo y cómo debe utilizarse correctamente.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
El Principado de Asturias tiene un Escudo propio. La Ley 2/1984, de 27 de abril, describe este escudo y regula específicamente su uso.
Artículo 2
El Escudo es rectangular (6x5), con Cruz de la Victoria de oro, letras alpha y omega, leyendas latinas y corona real cerrada forrada de rojo.
Artículo 3
El diseño lineal del Escudo del Principado es el que se recoge en el anexo de la Ley 2/1984, de 27 de abril, por la que se establece el Escudo del Principado y se regula su uso.
Artículo 4
El Escudo figura en: leyes de la Junta General, documentos oficiales, publicaciones, distintivos de autoridades, condecoraciones, diplomas y edificios de la Administración.
Artículo 5
El Escudo no puede ser usado como símbolo de identificación por instituciones públicas o privadas distintas al Principado de Asturias, ni en uso que menoscabe su significación.
Artículo 6
Se mantienen los escudos existentes en edificios declarados monumentos histórico-artísticos y en aquellos que formen parte sustancial del ornato y decoración.
Artículo 7
El Escudo del Principado goza de idéntica protección que los demás símbolos del Estado, del que la Comunidad Autónoma forma parte.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
El Consejo de Gobierno debe regular en 2 meses las especificaciones técnicas de colores y logotipos simplificados del Escudo. En 6 meses, cualquier otro desarrollo necesario para cumplir la Ley.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Los Organismos obligados al uso del Escudo deben sustituir los modelos no ajustados al oficial en el plazo de un año, contado desde la entrada en vigor de los Decretos de la disposición adicional.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOPA núm. 103, de 4 de mayo de 1984.
Leyes en las que se basa
- el art. 31.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre BOE-A-1982-634
Leyes que la modifican
- regulando la Bandera del Principado: Ley 4/1990, de 19 de diciembre BOE-A-1991-3217
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