Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre, por el que se especifican técnicamente los colores del Escudo de España
También conocida como: RD 2267/1982, RD 2267/82Esta norma define los colores exactos y técnicos que deben utilizarse al representar el escudo de España en cualquier soporte oficial.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo primero
El Escudo de España usa colores CIELAB con tolerancia de 5 unidades: Verde (165,41,31), Azul (270,35,26), Oro (90,37,70), Plata (255,3,78), Negro (-,0,10), Rojo (35,70,37) y Púrpura (0,52,50).
Artículo segundo
Se establece la correspondencia CIELAB-CIE 1931 bajo iluminante C: Verde (6.7, 0.223, 0.438), Azul (4.7, 0.168, 0.171), Oro (40.7, 0.395, 0.403), Plata (53.2, 0.303, 0.311), Negro (1.1, 0.31, 0.316), Rojo (9.5, 0.614, 0.32) y Púrpura (18.42, 0.426, 0.263).
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley 33/1981, de 5 de octubre BOE-A-1981-24155
- Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre BOE-A-1981-29376
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