Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España
También conocida como: L 33/1981, L 33/81Esta ley establece cómo es el escudo oficial de España y regula las normas para su uso correcto en instituciones y documentos públicos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
El escudo es cuartelado: castillo rojo, león púrpura, palos rojos y cadena dorada con esmeralda. Incluye granada, dos columnas con cintas 'Plus' y 'Ultra', y corona real cerrada con mundo y cruz.
Artículo segundo
El Escudo de España lleva un escusón azul con tres lises de oro y bordura roja, propio de la dinastía reinante.
Artículo tercero
El modelo oficial del Escudo de España, regulado por la Ley 33/1981, se hará público mediante Real Decreto.
Disposiciones transitorias — Primera
Los organismos públicos que utilicen el escudo de España disponen de un plazo máximo de tres años para sustituir el escudo que actualmente se encuentra en uso.
Disposiciones transitorias — Segunda
Se mantienen los escudos en edificios declarados monumentos histórico-artísticos y en construcciones donde su ornamentación sea sustancial o su retirada dañe la estructura.
Información general
Temas
Leyes que la modifican
- Especificando Técnicamente los Colores del Escudo: Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre BOE-A-1982-23298
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