Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
También conocida como: RD 1511/1977, RD 1511/77Esta norma regula cómo debe ser y cómo se debe colocar la bandera de España y otros símbolos oficiales en edificios y actos públicos.
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Artículo por artículo
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Artículo primero
Se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, adjunto al Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero.
Artículo segundo
Se derogan el Decreto de 2 de febrero de 1938, la Orden de 2 de febrero de 1938, el Decreto de 11 de octubre de 1945, el Decreto 814/1971 de 22 de abril de 1971 y cuantas se opongan al presente Real Decreto.
REGLA NÚMERO 1
La bandera nacional tiene tres franjas horizontales (roja, gualda, roja), siendo la gualda doble. Medidas: largo 3/2 del ancho. Materiales: seda, tafetán, lanilla o sintética. Tamaños según regla 20.
REGLA NÚMERO 2
Se describe el Escudo de España (cuartelado, columnas, corona) y sus usos: banderas en sedes oficiales, leyes, sellos, condecoraciones y publicaciones. El tamaño es variable según el espacio disponible.
REGLA NÚMERO 3
Bandera con escudo: tres franjas (amarillo doble), escudo centrado (2/3 ancho, 1/2 largo). Uso: buques, cuarteles, ministerios. Confección: seda bordada o sintética estampada. Tamaños regla 20.
REGLA NÚMERO 4
Bandera unidades FFAA: nacional con escudo bordado y circunferencia con nombre Arma/Regimiento. Medidas: 1475x1280 mm. Uso: unidades con concesión. Confección: seda bordada oro/plata. Tamaños regla 20.
REGLA NÚMERO 5
Estandarte unidades FFAA: forma cuadrada (560 mm), escudo y nombre unidad. Fleco dorado. Uso: unidades con concesión. Confección: seda bordada. Tamaños y escudo según reglas 20 y 2 título I.
REGLA NÚMERO 6
Bandera de proa (torrotito): cuadrada, cuatro cuarteles (castillo, león, palos, cadena). Uso: buques de guerra. Confección: lanilla o sintética estampada. Tamaños según regla 20 título I.
REGLA NÚMERO 7
La cinta mide 1 metro de largo, 60 mm de ancha y tiene fleco dorado de 50 mm. Se usa en banderas y estandartes de unidades. Está confeccionada en tafetán de seda con fleco de oro.
REGLA NÚMERO 8
La moharra mide 150 mm, tiene hoja de acero mate corniforme y parte hueca de 50 mm para el asta. Lleva el emblema del Ejército grabado y dos gargantas para cintas y jareta.
REGLA NÚMERO 9
El guardamano es de acero mate con emblema del Ejército. Se coloca en la unión de los casquillos del asta. Es exclusivo para estandartes y lleva anilla para portarlo a caballo.
REGLA NÚMERO 10
El asta mide 2.400 mm, es de bambú o madera barnizada. Tiene dos partes con casquillos dorados de 100 mm. El estandarte incluye guardamano en la unión de los casquillos.
REGLA NÚMERO 11
El regatón mide 200 mm, es de acero mate. Tiene 100 mm de casquillo para embutir el asta y 100 mm sobresalientes terminando en punta redondeada.
REGLA NÚMERO 12
El portabandera usa banda de cuero de 80 mm con cinta de seda de 60 mm y galón dorado de 10 mm con símbolos. Lleva cuja de tafilete rojo. El portaestandartes usa mosquetón o cuja a caballo sujeta al estribo derecho.
REGLA NÚMERO 13
Bandera del Ejército: nacional con 'ET' en negro y emblema en franja roja. Largo 3/2 a, ancho a, emblema 1/5 a. Uso en buques del Ejército. Confección en lanilla o sintética.
REGLA NÚMERO 14
Bandera del Ejército del Aire: nacional con 'EA' en negro y emblema en franja roja. Largo 3/2 a, ancho a, emblema 2/9 a alto y 2/3 a ancho. Uso en buques del Aire. Confección en lanilla o sintética.
REGLA NÚMERO 15
Bandera de Hacienda: nacional con dos 'H' azules coronadas en franja gualda. Largo 3/2 a, ancho a, H 1/3 a alto y 1/6 a ancho. Uso en buques del Ministerio de Hacienda. Confección en lanilla o sintética.
REGLA NÚMERO 16
Bandera de Correos Marítimos: nacional con iniciales 'CM' azules en franja gualda. Largo 3/2 a, ancho a, iniciales 1/4 a alto, 1/6 a ancho, separación 1/3 a. Uso en correos marítimos y líneas subvencionadas.
REGLA NÚMERO 17
La bandera para embarcaciones de Sanidad es la nacional con la Cruz de Malta en blanco y ribete negro. Sus medidas son largo 3/2 de 'a' y ancho 'a'. Se confecciona en lanilla o fibra sintética y se usa en puertos.
REGLA NÚMERO 18
La bandera de recreo es la nacional con la Corona Real en azul sobre la franja amarilla. Medidas: largo 3/2 de 'a', ancho 'a', corona 1/6 de 'a' alto y 1/2 de 'a' ancho. Se usa en buques particulares.
REGLA NÚMERO 19
La bandera de buques hospitales es blanca con cruz roja central (Convenio de Ginebra). Medidas: cuadrada 'a', cruz 3/5 de 'a' y brazos 1/5 de 'a'. Se iza a tope en el palo mayor, conservando la nacional a popa.
REGLA NÚMERO 20
El Reglamento fija tipos y tamaños de banderas (1-5) y torrotitos (6-8) en mm. Los buques de guerra usan tipos según tonelaje y ocasión. Edificios estatales usan tipo 2 (>25m), 3 (10-25m) o 4 (<10m).
REGLA NÚMERO 1
El guión del Rey es carmesí con escudo cuartelado y corona cerrada, rodeado de cordoncillo y fleco de oro. Medidas: 800 mm cuadrado, fleco 22 mm, escudo 440 mm. Se confecciona en terciopelo bordado. Lo porta un oficial de la escolta.
REGLA NÚMERO 2
El estandarte del Rey es carmesí con el escudo real, sin cordoncillo ni fleco. Hay 5 tamaños (400 a 1.600 mm). Su uso varía según lugar y ocasión: palacios, buques, aeronaves, etc., diferenciando gala, diario y mal tiempo.
REGLA NÚMERO 3
El Guión de S.A.R. la Princesa de Asturias es un pendón azul con escudo cuartelado y fleco dorado. Mide 800x800 mm. Es portado por un oficial de la escolta cuando acompaña a Su Alteza Real.
REGLA NÚMERO 4
Estandarte Princesa de Asturias: azul, sin cordoncillo. Tamaños: 1600 a 400 mm. Uso en palacios (gala/diario/mal tiempo: 1/2/4), buques (>5000t: 1/2/4, 5000-1000t: 2/3/4, <1000t: 3/4/4), aeronaves (5).
REGLA NÚMERO 1
Capitanes Generales: Ejército (dos bastones cruzados), Armada (ancla), Aire (dos bastones y emblema). Bandera cuadra con colores nacionales y franja gualda. Tipos y usos según regla 1 del capítulo VI.
REGLA NÚMERO 2
Jefe Estado Mayor Defensa: bandera cuadra colores nacionales. Centro franja gualda: emblema sin estrella. Franja roja inferior: estrella azul. Tipos y usos según regla 1 del capítulo VI.
REGLA NÚMERO 1
La Regla 1 del Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, relativa al Ministro del Ejército, carece de contenido en sus apartados de descripción y tipos y usos. El Ministerio del Ejército fue suprimido por el artículo 2.1 del Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio.
REGLA NÚMERO 2
Jefe Estado Mayor Ejército Tierra: bandera cuadra colores nacionales. Franja roja superior: emblema. Franja gualda: tres estrellas cuatro puntas. Franja roja inferior: estrella cinco puntas. Usos según regla 1.
REGLA NÚMERO 3
Teniente General Ejército: bandera cuadra colores nacionales. Franja gualda: tres estrellas cuatro puntas azules. Franja roja superior: emblema Ejército Tierra. Tipos y usos según regla 1 del capítulo VI.
REGLA NÚMERO 4
Bandera de General de División: cuadra, colores nacionales, dos estrellas azules en franja gualda y emblema Ejército de Tierra en franja roja superior.
REGLA NÚMERO 5
Bandera de General de Brigada: cuadra, colores nacionales, una estrella azul en franja gualda y emblema Ejército de Tierra en franja roja superior.
REGLA NÚMERO 1
La Regla 1 del Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, relativa al Ministro de Marina, carece de contenido. El Ministerio de Marina fue suprimido por el artículo 2.1 del Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio.
REGLA NÚMERO 2
Bandera de Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada: cuadra, colores nacionales, emblema Armada en franja gualda y estrella azul horizontal.
REGLA NÚMERO 3
Bandera de Almirante: cuadra, colores nacionales, tres roeles azules en el centro de la franja gualda.
REGLA NÚMERO 4
Bandera de Vicealmirante: cuadra, colores nacionales, dos roeles azules en el centro de la franja gualda.
REGLA NÚMERO 5
La bandera de Contralmirante es cuadrada, con los colores de la Bandera Nacional y un roel azul en el centro de la franja amarilla. Sus usos se rigen por la regla número 1 del capítulo VI.
REGLA NÚMERO 7
El gallardetón de Capitán Fragata o Corbeta con mando de Flotilla, Escuadrilla, División o Agrupación Operativa tiene los colores de la Bandera Nacional.
REGLA NÚMERO 8
El grimpolón del Comandante más antiguo en Reunión de Buques (Jefe de Bahía) tiene los colores de la Bandera Nacional.
REGLA NÚMERO 9
El gallardete del Comandante de Buque de Guerra tiene los colores de la Bandera Nacional, con la vaina rígida y el mosquetón en su punto medio.
REGLA NÚMERO 1
La regla sobre el Ministro del Aire carece de contenido. El Ministerio del Aire se suprimió por el art. 2.1 del Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio.
REGLA NÚMERO 2
La bandera del Jefe del Estado Mayor del Aire es cuadra, con colores nacionales. Tiene el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior, tres estrellas azules en la gualda y una estrella azul en la roja inferior.
REGLA NÚMERO 3
La bandera del Teniente General del Ejército del Aire es cuadra, con colores nacionales. Presenta el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior y tres estrellas azules en la franja gualda.
REGLA NÚMERO 4
La bandera del General de División del Ejército del Aire es cuadra, con colores nacionales. Lleva el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior y dos estrellas azules en la franja gualda.
REGLA NÚMERO 5
La bandera del General de Brigada del Ejército del Aire es cuadra, con colores nacionales. Incluye el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior y una estrella azul en la franja gualda.
REGLA NÚMERO 1
La bandera del Coronel del Ejército con Mando de Fuerzas Conjuntas tiene forma de corneta y colores nacionales. Lleva el emblema del Ejército en sus esmaltes en el centro de la franja roja superior.
REGLA NÚMERO 2
Bandera corneta con colores nacionales y emblema del Ejército del Aire en plata sobre franja roja superior. Usos según regla 1, capítulo VI.
REGLA NÚMERO 1
Se establecen medidas para insignias de bandera (números 1-8) y gallardetes, usos en buques, vehículos y edificaciones según tonelaje o altura, y confección en lanilla o fibras con tintes inalterables. Los gallardetes tienen medidas específicas de ancho y longitud.
REGLA NÚMERO 1
Bandera cuadra con colores nacionales y escudo de España en franja gualda. Se usa en buques, vehículos, edificios y mástiles según regla 1, capítulo III.
REGLA NÚMERO 2
Bandera cuadra con colores nacionales y escudo de España en franja gualda. Uso en buques y vehículos en país acreditado; en España, solo vehículos en misión oficial.
REGLA NÚMERO 3
Bandera corneta con colores nacionales y escudo nacional en franja gualda. Uso en buques y vehículos en país acreditado, respetando leyes receptoras.
REGLA NÚMERO 4
Bandera corneta con colores nacionales y escudo de España en franja gualda. Uso exclusivo en vehículos oficiales dentro de su jurisdicción.
REGLA NÚMERO 5
Bandera de Presidentes de Diputación, Mancomunidad, Cabildo Insular y Alcaldes de capitales de provincia: cuadra con colores de la provincia/capital y escudo en el centro. Uso exclusivo en vehículos oficiales dentro de su jurisdicción.
REGLA NÚMERO 1
Bandera de Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire: cuadra con colores de la Bandera Nacional y divisa de Capitán General en rojo en la franja gualda. Uso en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 2
Bandera del Jefe del Estado Mayor de la Defensa: cuadra con colores de la Bandera Nacional, emblema del Organismo en la franja gualda y estrella azul de cinco puntas en la franja roja inferior. Uso en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 3
El Consejo Supremo de Justicia Militar fue suprimido por la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio. Sus funciones fueron asumidas por la Sala Quinta del Tribunal Supremo.
REGLA NÚMERO 4
Bandera del Vicario General Castrense: cuadra con colores de la Bandera Nacional, dos estrellas rojas de cuatro puntas en la franja gualda y emblema del Clero Castrense en la franja roja superior. Uso en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 5
Bandera del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra: cuadra con colores de la Bandera Nacional, emblema del Ejército en franja roja superior, tres estrellas rojas en gualda y estrella azul en franja roja inferior. Uso en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 6
Bandera Teniente General Ejército: cuadra colores bandera nacional. Franja gualda con 3 estrellas rojas. Franja roja superior con emblema Ejército.
REGLA NÚMERO 7
Bandera General División Ejército: cuadra colores bandera nacional. Franja gualda con 2 estrellas rojas. Franja roja superior con emblema Ejército.
REGLA NÚMERO 8
Bandera General Brigada Ejército: cuadra colores bandera nacional. Franja gualda con 1 estrella roja. Franja roja superior con emblema Ejército.
REGLA NÚMERO 9
La figura del Gobernador Militar se suprime mediante el Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre, por el que se crean las Delegaciones de Defensa. Esta disposición elimina la regulación previa de dicha autoridad.
REGLA NÚMERO 10
Bandera Almirante Jefe Estado Mayor Armada: cuadra colores bandera nacional. Franja roja superior con emblema Armada azul. Franja gualda con 3 roeles rojos. Franja roja inferior con estrella azul.
REGLA NÚMERO 11
Bandera Almirante: cuadra colores bandera nacional. Franja gualda con 3 roeles en color rojo.
REGLA NÚMERO 12
La bandera de Vicealmirante y General de División de la Armada es cuadra con los colores de la Bandera Nacional, con dos roeles rojos en el centro de la franja gualda. Se usa en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 13
La bandera de Contralmirante y General de Brigada de la Armada es cuadra con los colores de la Bandera Nacional, con un roel rojo en el centro de la franja gualda. Se usa en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 14
La bandera de Comandante de Marina tiene forma de corneta con los colores de la Bandera Nacional, con un roel rojo en el centro de la franja gualda. Se usa en buques, edificios, mástiles y vehículos.
REGLA NÚMERO 15
La bandera de Jefe del Estado Mayor del Aire es cuadra con los colores de la Bandera Nacional. Tiene el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior, tres estrellas rojas en la gualda y una estrella azul en la roja inferior.
REGLA NÚMERO 16
La bandera de Teniente General del Ejército del Aire es cuadra con los colores de la Bandera Nacional. Lleva el emblema del Ejército del Aire en la franja roja superior y tres estrellas rojas en la gualda.
REGLA NÚMERO 17
La bandera del General de División del Ejército del Aire es cuadra con los colores nacionales. Lleva el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior y dos estrellas rojas de cuatro puntas en la franja gualda.
REGLA NÚMERO 18
La bandera del General de Brigada del Ejército del Aire es cuadra con los colores nacionales. Presenta el emblema del Ejército del Aire en plata en la franja roja superior y una estrella roja de cuatro puntas en la franja gualda.
REGLA NÚMERO 19
La bandera del Jefe de Sector Aéreo tiene forma de corneta con los colores nacionales. Lleva el emblema del Ejército del Aire en plata en el centro de la franja gualda.
REGLA NÚMERO 1
Los distintivos tienen cuatro tamaños (1 a 4). Su uso se restringe a actos oficiales de representación. Los tamaños varían según el tipo de buque, vehículo o edificio. Se fabrican en tejido fuerte con tintes inalterables.
Información general
Notas oficiales
Esta norma está tácitamente derogada en lo referente al Escudo de España por Ley 33/1981, de 5 de octubre, BOE-A-1981-24155 y por el Real Decreto Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, BOE-A-1981-29376
Leyes en las que se basa
- Decreto de 2 de febrero de 1938 (Gazeta) BOE-A-1938-1561
- Orden de 2 de febrero de 1938 (Gazeta) BOE-A-1938-2037
- Decreto de 11 de octubre de 1945 (Gazeta) BOE-A-1945-9885
- Decreto 814/1971, de 22 de abril BOE-A-1971-554
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 308, del 26 de diciembre de 1977 BOE-A-1977-31020
- con las Descripciones, determinando Unidades con Derecho a Ostentar Bandera o Estandarte: la Orden de 18 de junio de 1979 BOE-A-1979-14853
- del párrafo uno, Regla uno, del título I: el Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero BOE-A-1981-6317
- el Título II, por el Real Decreto 284/2001, de 16 de marzo BOE-A-2001-5302
- las reglas 1 y 2 del título II del Reglamento, por Real Decreto 527/2014, de 20 de junio BOE-A-2014-6525
- las reglas 3 y 4 del título II, por Real Decreto 979/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11729
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