Real Decreto 527/2014, de 20 de junio, por el que se crea el Guión y el Estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
También conocida como: RD 527/2014, RD 527/14Esta norma establece cómo son y cómo se usan la bandera y el estandarte oficiales del Rey Felipe VI en actos y edificios públicos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Creación del guión y el estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI
Se crea el guión y el estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI. Su imagen y descripción se insertan en el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977.
Artículo 2 — Modificación del Reglamento
Se modifican las Reglas 1 y 2 del título II del Reglamento de Banderas. El guión es carmesí con escudo real y fleco de oro (800x800 mm). El estandarte es carmesí sin fleco, con tamaños de 400 a 1600 mm según el uso.
Disposición transitoria única — Guión y estandarte de Don Juan Carlos de Borbón y Borbón
Don Juan Carlos de Borbón y Borbón mantiene el uso del guión y estandarte vigentes hasta su abdicación, según las reglas 1 y 2 del título II del Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos.
Disposición derogatoria única — Derogación de normas
Se derogan normas de igual o inferior rango que se opongan al real decreto. Queda derogada la Orden de Presidencia del Gobierno de 30 de abril de 1974 sobre el distintivo de la Casa de Su Alteza Real el Príncipe de España.
Disposición final primera — Modificación del Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, por el que se crea el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey
Se modifica el anexo del Real Decreto 2157/1977 sobre el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey. Es un óvalo de latón de 35x30 mm, esmaltado en carmesí con borde dorado y el escudo real en el centro.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El real decreto entrará en vigor en el momento de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio, por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón.
Información general
Leyes en las que se basa
- Orden de 30 de abril de 1974 BOE-A-1974-779
- Reglas 1 y 2 del título II del Reglamento aprobado por Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero BOE-A-1977-14944
- Anexo del Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio BOE-A-1977-20499
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.