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En vigorReal Decreto

Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, por el que se hace público el modelo oficial del Escudo de España

También conocida como: RD 2964/1981, RD 2964/81
Ver en BOE
19 de diciembre de 1981·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1981-29376
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece el diseño oficial y los elementos gráficos que componen el escudo de España para su uso institucional y público.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6
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1
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14
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    Se hace público el modelo oficial del Escudo de España, cuyo diseño lineal se inserta a continuación.

  2. Artículo segundo

    El Escudo figura en banderas de sedes constitucionales, administraciones, edificios públicos, Fuerzas Armadas, misiones diplomáticas, leyes, sellos, condecoraciones, publicaciones oficiales, documentos oficiales, distintivos de autoridades y objetos representativos.

  3. Artículo tercero

    El Escudo mide dos quintos de la anchura de la bandera, centrado en la franja amarilla. Si la bandera tiene proporción normal, el eje del Escudo está a media anchura de la vaina. Si es menor o cuadrada, el Escudo se sitúa en el centro.

  4. Artículo cuarto

    Los organismos públicos deben sustituir el Escudo no oficial: inmediato en banderas (salvo valor histórico), 6 meses en casos específicos y 3 años en el resto.

  5. Artículo quinto

    Se mantienen los escudos en edificios declarados monumentos histórico-artísticos. También se conservan en monumentos, edificios o construcciones cuya ornamentación los incluya sustancialmente o cuya estructura se dañara al separarlos.

  6. Artículo sexto

    El Real Decreto 2964/1981, que hace público el modelo oficial del Escudo de España, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de diciembre de 1981
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • Especificando Técnicamente los Colores del Escudo: Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre BOE-A-1982-23298
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