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En vigorReal Decreto

Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España

También conocida como: RD 441/1981, RD 441/81
Ver en BOE
16 de marzo de 1981·Presidencia del Gobierno·BOE-A-1981-6317
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los colores exactos y las medidas técnicas que debe tener la bandera de España para su correcta fabricación y uso oficial.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    Los colores de la Bandera de España, en CIELAB, son: Rojo (H 35, C 70, L 37) y Amarillo gualda (H 85, C 95, L 80). Tolerancia: 5 unidades CIELAB.

  2. Artículo segundo

    La correspondencia CIELAB-CIE 1.931 (Iluminante C) es: Rojo (Y 9,5, X 0,614, y 0,320) y Amarillo gualda (Y 56,7, X 0,486, y 0,469).

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
16 de marzo de 1981
Departamento
Presidencia del Gobierno

Leyes en las que se basa

  • el párrafo uno, Regla uno, del título I, del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero BOE-A-1977-14944
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