Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España
También conocida como: RD 441/1981, RD 441/81Esta norma establece los colores exactos y las medidas técnicas que debe tener la bandera de España para su correcta fabricación y uso oficial.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero
Los colores de la Bandera de España, en CIELAB, son: Rojo (H 35, C 70, L 37) y Amarillo gualda (H 85, C 95, L 80). Tolerancia: 5 unidades CIELAB.
Artículo segundo
La correspondencia CIELAB-CIE 1.931 (Iluminante C) es: Rojo (Y 9,5, X 0,614, y 0,320) y Amarillo gualda (Y 56,7, X 0,486, y 0,469).
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el párrafo uno, Regla uno, del título I, del Reglamento aprobado por el Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero BOE-A-1977-14944
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