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En vigorLey

Ley 70/1980, de 16 de diciembre, por la que se modifican las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y de renovación del Padrón Municipal de Habitantes

También conocida como: L 70/1980, L 70/80
Ver en BOE
24 de diciembre de 1980·31 de diciembre de 1998·Jefatura del Estado·BOE-A-1980-27705
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley establece las fechas oficiales para actualizar el censo de población y el padrón municipal en los ayuntamientos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero

    El INE forma los Censos de Población y Vivienda en años terminados en uno (marzo-mayo). Los Censos de Edificios y Locales se realizan en años terminados en cero.

  2. Artículo segundo

    La fecha concreta de referencia para la formación de los Censos se fijará por Real Decreto.

  3. Artículo tercero

    El Ministerio de Economía y Hacienda dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.

  4. DISPOSICIÓN DEROGATORIA

    Se derogan el párrafo primero del artículo 51 del texto refundido de la Ley de Régimen Local (Decreto de 24 de junio de 1955) y el Real Decreto-ley 20/1979, de 17 de diciembre.

  5. DISPOSICIÓN FINAL

    La Ley 70/1980, de 16 de diciembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de diciembre de 1980
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • párrafo 1 del art. 51 de la Ley de Régimen local, texto refundido aprobado por Decreto de 24 de junio de 1955 (Gazeta) BOE-A-1955-9871
  • el Real Decreto-ley 20/1979, de 7 de diciembre BOE-A-1980-35

Leyes que la modifican

  • el art. 3, por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril BOE-A-1986-9865
  • aplicando la Elaboración de los Censos y Padrones 1990-1991: Real Decreto 1422/1988, de 18 de noviembre BOE-A-1988-27706
  • disponiendo la formación de los Censos de Edificios y locales: Real Decreto 691/1990, de 18 de mayo BOE-A-1990-12622
  • con los arts. 1 y 2, disponiendo la Formación de los Censos y Padrones de 1991: Real Decreto 1394/1990, de 8 de noviembre BOE-A-1990-27556
  • los arts. 1 a 3 y se suprime el 4, por Ley 50/1998, de 30 de diciembre BOE-A-1998-30155
  • con el art. 1, disponiendo la formación de los censos de edificios, locales, viviendas y población: Real Decreto 1336/1999, de 31 de julio BOE-A-1999-17998
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