Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
También conocida como: RD 163/2025, RD 163/25Esta norma fija los límites de ingresos y las cantidades de dinero que recibirán los estudiantes en sus becas para el curso 2025-2026.
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Qué ha cambiado
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
El Real Decreto 163/2025 fija las cuantías de becas y los umbrales de renta y patrimonio familiar para el curso 2025-2026, financiados por el Ministerio de Educación.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
Para 2025-2026 se convocan becas generales (Bachillerato, FP, Artísticas, Deportivas, Idiomas, Universidades, etc.) y ayudas para estudiantes con necesidades educativas específicas en Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y FP, cumpliendo requisitos legales.
Artículo 3 — Cuantías de las becas y ayudas al estudio de carácter general para las enseñanzas a que se refieren las letras a) a h) del artículo 2.1
Becas 2025-2026: 1.700€ renta, 2.700€ residencia, 300€ básica (350° Grado Básico), 50-125€ excelencia (según nota), mín. 60€ variable. Presencial: umbrales 1, 2, 3 otorgan distintas combinaciones. No presencial: umbral 2 (básica, excelencia, variable mín.) y umbral 3 (básica, excelencia). Idiomas/Gr
Artículo 4 — Cuantías de las becas y ayudas al estudio de carácter general para las enseñanzas a que se refieren las letras i), j), k) y l) del artículo 2.1
Becas 2025-26: 1.700€ renta, 2.700€ residencia (presencial), 50-125€ excelencia, mín. 60€ variable y matrícula. Matrícula parcial: solo matrícula y variable según renta.
Artículo 5 — Cuantía variable
Los recursos se destinan primero a becas básicas y fijas. El resto, según presupuesto, cubre la cuantía variable (hasta umbral 2 de renta) mediante fórmula del art. 9.2 RD 1721/2007. La compensación de matrícula se abona al recibir datos de precios de centros.
Artículo 6 — Cuantías adicionales
Se añaden 442 euros (Canarias, Baleares, Ceuta, Melilla) o 623 euros (islas menores). Si hay viaje a Península, son 888 o 937 euros. Aplica a educación a distancia en islas sin centros. Requiere umbral 2 de renta.
Artículo 7 — Estudios comprendidos y cuantías
Ayudas para NEAE (discapacidad ≥25%, TEA, alta capacidad). Subsidios comedor/transporte para familias numerosas sin mirar renta. Cuantías máximas: enseñanza 862€, residencia 1.795€. Transporte motora >65% sube 50%. Alta capacidad: hasta 913€.
Artículo 8 — Umbrales de renta familiar
Umbrales renta 2025-2026. Ej. 1 miembro: Umbral 1 (8.843-9.315€), Umbral 2 (13.898-14.818€). Becas intervalo: 50% Ministerio/CCAA. Solo extremo inferior si no hay convocatoria autonómica específica.
Artículo 9 — Cálculo de la renta familiar
Renta familiar 2025-2026 se calcula con datos 2024. Suma base general y ahorro (sin pérdidas 2020-23). Resta cuota IRPF. Si no hay declaración IRPF, suma ingresos y resta pagos a cuenta.
Artículo 10 — Deducciones de la renta familiar
Se aplican deducciones: 50% ingresos miembros no sustentadores; 525/800€ por hermanos (familias numerosas); 1.811/2.881€ por discapacidad (33%/65%); 1.176€ por estudiantes fuera; 20% renta por orfandad; 500€ por monoparentalidad.
Artículo 11 — Otros umbrales indicativos
Se deniegan becas 2025-2026 si el patrimonio supera: 42.900 € en fincas urbanas (excluida vivienda), 42.900 € en construcciones rústicas, 13.130 € por miembro en fincas rústicas o 1.700 € en rendimientos de capital. También se deniega si los ingresos por actividades económicas superan 155.500 €. Se aplican coeficientes según año de revisión catastral.
Disposición adicional primera — Medidas específicas para compensar las desventajas de estudiantes de enseñanzas universitarias y Enseñanzas Artísticas superiores con discapacidad
Las becas para estudiantes con discapacidad legal (+65%) se incrementan un 50%; con discapacidad del 25-65%, un 25%. No se conceden si los gastos están cubiertos por fondos públicos. Las deducciones para hermanos aplican solo al solicitante con discapacidad grave.
Disposición adicional segunda — Víctimas de violencia de género y de violencia sexual
Víctimas de violencia de género/sexual (2024-2026) y sus hijos menores de 25 años obtienen beca sin requisitos de carga lectiva superada ni límite de años. Matrícula mínima: 30 créditos (universitarios/artistas), 500 horas (FP/Artes), 4 asignaturas (Bachillerato/Grado Medio).
Disposición adicional tercera — Prolongación de los estudios universitarios
Si la normativa permite prolongar estudios universitarios uno o dos años más allá del plan, la convocatoria puede establecer la cuantía de las becas y ayudas para el último de estos cursos adicionales.
Disposición adicional cuarta — Compensación a las Universidades y centros que impartan las Enseñanzas Artísticas superiores por la exención de matrícula
El Ministerio compensa a universidades y centros de enseñanzas artísticas por exenciones de matrícula en 2025-2026. Se aplican límites por crédito (18,46€ o 28€) y máximos (2.100€). Las comunidades autónomas o el Ministerio cubren diferencias si la aportación es insuficiente.
Disposición adicional quinta — Gestión y difusión de las convocatorias
El Ministerio de Educación, el de Ciencia, las administraciones educativas y las universidades colaboran en la gestión y difusión de las becas y ayudas al estudio del curso 2025-2026.
Disposición adicional sexta — Compensación a la Universidad Nacional de Educación a Distancia y a la Universidad Internacional Menéndez Pelayo por diversas bonificaciones o exenciones en el pago de precios públicos por servicios académicos
Se habilita al Ministerio de Educación para establecer bases de compensación a la UNED y la UIMP por ingresos perdidos por bonificaciones o exenciones en precios públicos académicos, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
Disposición transitoria primera — Convenios de cofinanciación
Para el curso 2025-2026, las Comunidades Autónomas en negociación de traspaso de becas pueden firmar convenios con el Ministerio para cofinanciar el 50% de las becas a estudiantes con renta en los intervalos del artículo 8.1.
Disposición transitoria segunda — Renta familiar de estudiantes con domicilio fiscal en Navarra
Para estudiantes con becas anteriores (2016-2018) y domicilio fiscal en Navarra, el cálculo de renta aplica deducciones y reducciones específicas de la Ley 35/2006 del IRPF.
Disposición final primera — Modificación del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
Se modifica el Real Decreto 1721/2007 sobre becas personalizadas, redactando los artículos 9.1, 17.1, 33 (apts. 2 y 3) y 40.2.c) y d).
Disposición final segunda — Título competencial y carácter de legislación básica
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española para garantizar el cumplimiento de obligaciones públicas en materia educativa.
Disposición final tercera — Desarrollo normativo
Se faculta a los titulares de los Ministerios de Educación y Ciencia para dictar disposiciones de desarrollo. Las conjuntas se dictan mediante orden del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Disposición final cuarta — Entrada en vigor
El Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, sobre becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 83 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo BOE-A-2006-7899
- los arts. 9, 17, 33 y 40 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre BOE-A-2008-821
- el art. 32 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo BOE-A-2023-7500
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