Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen los requisitos técnicos que habrán de cumplir los conjuntos de vehículos para poder circular en configuración euro-modular por vías y terrenos públicos del territorio español, aptos para la circulación, abiertos al tráfico general de usuarios
Esta norma define los requisitos técnicos que deben cumplir los camiones de gran tamaño para circular de forma segura por las carreteras españolas.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Objeto y ámbito de aplicación
Objeto: establecer requisitos técnicos de acoplamiento y seguridad (visión, señalización) y condiciones de circulación para conjuntos euro-modulares en vías determinadas por órganos competentes. Cumplen art. 5 Rg Vehículos (RD 2822/1998).
Segundo. Tipos de vehículos que podrán ser usados en configuración euro-modular
Vehículos permitidos: Camión N3 (>12t), Tracto N2/N3, Furgón N3 (>12t), Remolque/Semirremolque O4 (>10t), Máquina servicios O4 (mercancías). No superan masas/dimensiones máx. anexo IX RD 2822/1998.
Tercero. Tipos de configuraciones de euro-modular permitidas
Se permite cualquier configuración euro-modular que cumpla la definición del anexo IX del Reglamento General de Vehículos. Incluye vehículos a motor, remolques, semirremolques y diábolos con acoplamiento de quinta rueda.
Cuarto. Requisitos técnicos de los dispositivos de acoplamiento y de mejora de seguridad relativos al campo de visión, señalización, advertencia o prevención de situaciones de peligro
Requisitos: suspensión neumática, espejos, aviso abandono carril, frenado emergencia, control estabilidad. Masa máx. 72 t. Acoplamiento ECE N.º 55. Potencia mín. 5 Kw/t (6 Kw/t en pendientes >5% si carga >42 t). Garantía arranque en mojado.
Quinto. Condiciones de circulación
Señales V-2, V-6, V-23. Luces cruce/diurnas en vías 1 calzada. Suspensión circulación si visibilidad <150 m o avisos AEMET (rojo/naranja viento, nieve, lluvia). Velocidad Rg Circulación. No adelantar >45 km/h ni en rampas >4% o túneles. Carga fija.
Sexto. Entrada en vigor
La Resolución de la Dirección General de Tráfico sobre requisitos técnicos para conjuntos de vehículos en configuración euro-modular entra en vigor el 23 de octubre de 2025.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio BOE-A-2025-15231
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