Orden TED/572/2025, de 26 de mayo, por la que se crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en el ámbito de la Administración General del Estado
También conocida como: O 572/2025, O 572/25Esta norma crea un registro oficial para controlar la seguridad de las presas y embalses y prevenir riesgos para la población y el entorno.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto de la orden
Se crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses en la Administración General del Estado. Se regula su funcionamiento y contenido mínimo conforme al Real Decreto 849/1986.
Artículo 2 — Naturaleza y dependencia orgánica
El Registro inscribe todas las presas y embalses del artículo 4. Se crea en el Ministerio para la Transición Ecológica, bajo la Dirección General del Agua, que gestiona y mantiene el Registro.
Artículo 3 — Definiciones
Define términos clave: presa, embalse, balsa, dique, alturas, niveles (NMN/NMV), capacidad y titularidad. El titular es quien construye/explota o está inscrito. El gestor asume obligaciones del titular.
Artículo 4 — Ámbito de aplicación
Se inscriben presas, embalses y balsas >5m altura o >100.000 m3 capacidad, públicas o privadas, existentes o en construcción. Incluye balsas y diques según el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Artículo 5 — Obligaciones del titular
Inscripción obligatoria en 1 año desde entrada en vigor. En fase proyecto/construcción, junto al trámite. Actualizar fichas ante cambios. Nuevo titular debe actualizar antes de fin de año. Baja por fuera de servicio.
Artículo 6 — Contenido del Registro
El Registro incluye fichas y anotaciones sobre: inscripción, clasificación riesgo, puesta en carga, plan de emergencia, normas explotación, director explotación, informes comportamiento y revisiones de seguridad.
Artículo 7 — Fichero de datos de carácter personal
El tratamiento de datos personales cumple RGPD y LOPDGDD. Se realiza para misión de interés público. Los sistemas garantizan seguridad según Esquema Nacional de Seguridad y Política de Seguridad de la Información.
Artículo 8 — Tipos de inscripciones
El Registro de Presas inscribe de oficio (titularidad estatal, resoluciones, informes) o a solicitud (titularidad no estatal: alta, cambios, baja).
Artículo 9 — Órganos competentes en el procedimiento
El Organismo de cuenca tramita solicitudes. La Dirección General del Agua formaliza inscripciones. Gestiona de oficio infraestructuras estatales intracomunitarias.
Artículo 10 — Procedimiento de inscripción, de modificación de la inscripción o de baja en el Registro a solicitud del interesado
La inscripción inicial o modificación requiere solicitud electrónica con fichas (anexos I y II). Si falta requisitos, se subsana en 10 días. El organismo de cuenca analiza y propone. La Dirección General del Agua resuelve en 6 meses. Silencio negativo. La baja requiere resolución de fin de servicio.
Disposición final primera — Título competencial
La orden se basa en competencias estatales exclusivas sobre recursos hidráulicos interestatales y seguridad pública, sin perjuicio de policías autonómicas.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden TED/572/2025, de 26 de mayo, que crea el Registro de Seguridad de Presas y Embalses, entra en vigor el 1 de julio de 2025.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 363 del Reglamento aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril BOE-A-1986-10638
- el Real Decreto 264/2021, de 13 de abril BOE-A-2021-5867
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.