Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad
También conocida como: RD 718/2024, RD 718/24Este decreto explica cómo se organiza internamente el Ministerio de Sanidad para gestionar la salud pública y los servicios sanitarios en España.
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Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 11 de diciembre de 2025
Sanidad incorpora la igualdad de género y la inclusión en sus funciones
Salud Pública promoverá la igualdad en las políticas sanitarias, difundirá evidencia sobre desigualdades de género y fomentará la prevención y detección de violencias sexuales y de género. El Ministerio también asumirá funciones de inclusión del personal con discapacidad y dejará de enumerar tareas sobre reproducción asistida.
Reforma BOE-A-2025-25279Ver qué cambió → - 24 de julio de 2024Versión original BOE-A-2024-15213
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Organización general del Departamento
El Ministerio de Sanidad propone y ejecuta la política sanitaria. Su organización incluye: Secretaría de Estado de Sanidad (con 5 órganos directivos), Subsecretaría, Comisionado de Salud Mental, Consejos Asesores y un Gabinete.
Artículo 2 — Secretaría de Estado de Sanidad
La Secretaría de Estado de Sanidad innova el SNS, gestiona salud pública, farmacia, trasplantes, sanidad exterior y seguridad alimentaria. Dirige direcciones generales y depende de ella la AESAN, INGESA y ONT. El ISCIII depende funcionalmente.
Artículo 3 — La Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud
La Secretaría General de Salud Digital gestiona la modernización, datos clínicos e interoperabilidad. Dirige la Dirección General de Salud Digital, el Gabinete Técnico y la Subdirección de Información Sanitaria.
Artículo 4 — Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud
La Dirección General de Salud Pública lidera equidad, prevención, sanidad exterior y ambiental. Coordina alertas, vigilancia, calidad asistencial, promoción de salud, prevención de enfermedades (VIH, tabaco, etc.) y seguridad del paciente. Dependen de ella 5 subdirecciones y 2 divisiones especial.
Artículo 5 — Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia
La Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia elabora la cartera de servicios, gestiona fondos de cohesión, fija precios de medicamentos, coordina con comunidades autónomas, controla publicidad, gestiona bases de datos, resuelve financiación, informa sobre recursos, unifica y
Artículo 6 — Dirección General de Ordenación Profesional
La Dirección General de Ordenación Profesional gestiona formación sanitaria, títulos, registros (especialistas, profesionales, instrucciones previas), inspección, acreditación y recursos humanos del SNS.
Artículo 7 — Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas
La Delegación del Plan Nacional sobre Drogas dirige, coordina y supervisa el plan bajo la Secretaría de Estado de Sanidad. Sus funciones incluyen apoyo técnico, coordinación interdepartamental, elaboración de estrategias, prevención, investigación, gestión de datos, encuestas, alerta temprana, coop.
Artículo 8 — Dirección General de Salud Digital y Sistemas de Información para el Sistema Nacional de Salud
La Dirección General de Salud Digital desarrolla servicios digitales, impulsa la innovación tecnológica, define estrategias de datos, asegura la calidad de la información, gestiona infraestructuras TIC y coordina la interoperabilidad en el SNS.
Artículo 9 — Subsecretaría de Sanidad
La Subsecretaría de Sanidad coordina el departamento, gestiona personal, presupuesto, tecnología, fondos europeos, transparencia, igualdad y publicidad. Dirige órganos como la Secretaría General Técnica, Subdirecciones de RRHH, Economía, Ciudadanía, Fondos, y Divisions de TI y Asuntos Generales.
Artículo 10 — Secretaría General Técnica
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad coordina la participación en el Consejo de Ministros, gestiona convenios, normas, recursos, relaciones internacionales, publicaciones y asistencia a altos cargos. Dependen de ella cuatro subdirecciones generales.
Artículo 11 — El Comisionado de Salud Mental
El Comisionado de Salud Mental impulsa el Pacto de Estado, coordina la red comunitaria (especialmente Trastorno Mental Grave), gestiona la línea 024, evalúa planes, promueve salud mental laboral y social, desinstitucionalización para 2040 y protege colectivos vulnerables. Dependen de él la Oficina T
Disposición adicional primera — Supresión de órganos
Se suprimen en el Ministerio de Sanidad: Subdirecciones de Gestión de Proyectos, Promoción de la Salud, RRHH, Atención al Ciudadano y Asuntos Generales; además del Consejo Asesor de Sanidad y el Comité de profesiones sanitarias y sociales.
Disposición adicional segunda — Referencias a órganos suprimidos
Las referencias legales a los órganos suprimidos se entienden hechas a los órganos creados, sustituidos o que asumen sus competencias por este real decreto.
Disposición adicional tercera — Delegación de competencias
Las delegaciones de competencias del Ministerio de Sanidad siguen vigentes hasta revocación. Si se otorgaron a órganos suprimidos, se entienden hechas a los órganos que asumen esas competencias.
Disposición adicional cuarta — Suplencia de las personas titulares de los órganos superiores y directivos
En vacancia o ausencia, los titulares de Secretaría de Estado, Subsecretaría, Secretaría General, Técnica y Direcciones Generales son suplidos por los órganos directivos dependientes según el orden del real decreto.
Disposición adicional quinta — Organismo autónomo Instituto de Salud Carlos III
El Instituto de Salud Carlos III depende funcionalmente de Sanidad para salud y asistencia, y de Ciencia para investigación. La coordinación se realiza a través de la Comisión Mixta de Coordinación.
Disposición adicional sexta — Consolidación de las Unidades TIC
La División de Tecnologías de la Información y la Dirección General de Salud Digital coordinan la consolidación de recursos TIC en el Ministerio de Sanidad, manteniendo los recursos previos del extinto Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para garantizar la continuidad de los servicios.
Disposición adicional séptima — Prestación de servicios de tecnologías digitales en el ámbito sanitario
Se mantienen los recursos del Centro de Proceso de Datos del Paseo del Prado 18 para prestar servicios a los Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y de Juventud e Infancia, así como a organismos de Sanidad, mediante acuerdos de colaboración.
Disposición adicional octava — Modificaciones presupuestarias
El Ministerio de Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias necesarias para garantizar el cumplimiento del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.
Disposición transitoria única — Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General
Las unidades y puestos afectados continúan subsistentes y retribuidos hasta aprobarse las nuevas relaciones de puestos y distribuir créditos. Se adscriben provisionalmente por resolución de la Subsecretaría.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones contrarias a este real decreto, especialmente el Real Decreto 735/2020 sobre la estructura del Ministerio de Sanidad y la modificación del Real Decreto 139/2020 sobre estructura de Departamentos Ministeriales.
Disposición final primera — Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales
Se autoriza al titular del Ministerio de Sanidad para modificar o suprimir órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales, conforme a la Ley 40/2015, incluso si su creación fue por real decreto o acuerdo de Consejo de Ministros.
Disposición final segunda — Facultades de desarrollo normativo
Se autoriza al titular del Ministerio de Sanidad para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto BOE-A-2020-9139
- la disposición final 2 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre BOE-A-2023-24842
Leyes que la modifican
- y se crea el Comité Interministerial de seguimiento e impulso del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil: Real Decreto 763/2024, de 30 de julio BOE-A-2024-15708
- en BOE núm. 210 de 30 de agosto de 2024 BOE-A-2024-17531
- y se crea el Comité Interministerial de seguimiento de la Estrategia de la Industria Farmacéutica: Real Decreto 664/2025, de 22 de julio BOE-A-2025-15237
- y se crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital: Orden SND/76/2025, de 27 de enero BOE-A-2025-1641
- los arts. 4, 5.2 y 3, y 9.2.w), por Real Decreto 1137/2025, de 10 de diciembre BOE-A-2025-25279
- sobre delegación de competencias: Orden SND/147/2025, de 7 de febrero BOE-A-2025-2862
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