Ley 8/2023, de 9 de marzo, de Cultura de la Paz en Aragón
También conocida como: L 8/2023, L 8/23Esta ley busca fomentar la convivencia pacífica, el respeto y la resolución dialogada de conflictos en la sociedad y las escuelas de Aragón.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La ley promueve la cultura de paz mediante educación, cooperación, diálogo, mediación y comunicación, coordinando con otras administraciones.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
La ley se aplica a instituciones, administraciones y entidades sociales aragonesas, incluyendo iniciativas de paz impulsadas desde Aragón fuera del territorio.
Artículo 3 — Actuaciones para el fomento de la cultura de paz
Se promueve el diálogo, solidaridad, resolución pacífica de conflictos y participación ciudadana, especialmente de juventud, mujeres y mayores.
Artículo 4 — Actuaciones de educación y formación para la paz y la no violencia
El Gobierno de Aragón desarrolla educación en paz, mediación y convivencia en todos los niveles educativos, asesorando a centros y profesorado.
Artículo 5 — Investigación para la paz
Se fomenta la investigación en paz, apoyando estudios, universidades y redes internacionales, facilitando la difusión de resultados a la ciudadanía.
Artículo 6 — Actividades de comunicación
El Gobierno crea espacios informativos sobre paz y derechos humanos, y foros participativos para reducir la violencia. Además, reconoce iniciativas de medios que promueven el periodismo de paz y la reflexión sobre conflictos.
Artículo 7 — Actuaciones en el ámbito local
Las entidades locales difunden estrategias de convivencia, visibilizan el patrimonio de paz, garantizan espacios públicos para el intercambio cultural e impulsan la mediación. También se fomenta la participación en redes internacionales de municipios por la paz.
Artículo 8 — Cooperación en compromisos internacionales
El Gobierno cumple normas internacionales de paz, colabora en crisis armadas y promueve cooperación al desarrollo con perspectiva de paz. Se elabora un protocolo para emergencias humanitarias y se visibilizan procesos de paz mundiales.
Artículo 9 — Actuaciones de protección social
El Gobierno garantiza la protección social y atención psicosocial a víctimas de violencia, género y terrorismo. También promueve políticas de acogida e integración para personas refugiadas y solicitantes de asilo por guerras o violaciones de derechos humanos.
Disposición adicional única — Información a las Cortes de Aragón
El Gobierno de Aragón informa a las Cortes de Aragón sobre las actuaciones realizadas en materia de cultura de paz y los recursos económicos destinados a este objetivo.
Disposición final primera — Habilitación para el desarrollo reglamentario
El Gobierno de Aragón dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la Ley 8/2023, de 9 de marzo, de Cultura de la Paz en Aragón.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Ley 8/2023, de 9 de marzo, de Cultura de la Paz en Aragón, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOA núm. 57, de 23 de marzo de 2023.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-8444
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.