Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura
También conocida como: RDL 2/2023, RDL 2/23Normativa para impulsar el uso de la inteligencia artificial en empresas y servicios públicos de Extremadura mediante ayudas y formación.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (14 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y finalidad
El decreto regula la IA en Extremadura: uso ético, capacitación, apoyo a empresas, inversión prioritaria, eficiencia administrativa y protección ciudadana.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
El Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura, se aplica a los órganos, organismos y entidades que conforman el sector público autonómico de Extremadura.
Artículo 3 — Principios generales
La Administración fomentará una IA ética, confiable y respetuosa con derechos fundamentales, siguiendo recomendaciones de la UE. Promoverá sistemas con sellos o certificados de calidad y seguridad europeos.
Artículo 4 — Definiciones
Se definen: EEIA (planificación de objetivos IA), Marco de IA (iniciativas, créditos, equipamientos) y Sistema de IA (software que genera información o decisiones que influyen en entornos).
Artículo 5 — Alfabetización y formación en materia de inteligencia artificial
La Administración extremeña fomenta la alfabetización en IA, la formación de trabajadores y empresas, la capacitación para desempleados y la formación de empleados públicos.
Artículo 6 — Mecanismo de colaboración público-privada
La Administración autonómica potencia la colaboración público-privada para desarrollar herramientas de IA y transferir conocimiento sobre sus aplicaciones a la sociedad.
Artículo 7 — Espacios controlados de pruebas para la inteligencia artificial
Se crea un espacio de pruebas de IA en COMPUTAEX para evaluar sistemas antes de su lanzamiento, garantizando seguridad. Está disponible para empresas y administraciones.
Artículo 8 — Declaración de interés general y prioritario
Se declaran de interés general las inversiones en IA con estándares europeos/nacionales y garantía ética. La Administración habilita el marco para su desarrollo en Extremadura.
Artículo 9 — Calificación de «Proyectos Empresariales de Interés Autonómico»
Las iniciativas de IA de interés general pueden calificarse como «Proyectos Empresariales de Interés Autonómico» si cumplen los requisitos de la Ley 5/2022.
Artículo 10 — Objetivos y prioridades
Las entidades públicas usarán IA para mejorar la gestión y beneficiar a empleados. Deben minimizar sesgos, garantizar transparencia y rendición de cuentas, evaluando impactos discriminatorios en diseño y datos.
Artículo 11 — Sistemas de inteligencia artificial en la toma de decisiones
La Administración usará IA en actos administrativos respetando la Carta de Derechos Digitales y la Declaración Europea. Debe publicarse el mecanismo de decisión, prioridades y datos que impacten el contenido.
Artículo 12 — Garantías para la utilización de la inteligencia artificial en los procedimientos administrativos
Las normas deben referirse al impacto de la IA en servicios públicos (solicitudes, verificaciones, decisiones). El Inventario de Información Administrativa registrará validaciones, riesgos y garantías de derechos.
Disposición adicional única — Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA)
La Junta aprueba la Estrategia de IA en 9 meses. Incluye análisis, sectores clave (educación, sanidad), pilotos y comisión. Grupo de trabajo con administración y empresas. Se define en 3 meses.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOE núm. 48, de 10 de marzo de 2023.
Leyes en las que se basa
- el art. 33 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero BOE-A-2011-1638
Leyes que la modifican
- por Resolución de 23 de marzo de 2023 DOE-e-2023-90124
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