Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno
También conocida como: RD 830/2023, RD 830/23Esta norma establece cómo se organizan y qué funciones tienen las Vicepresidencias dentro del Gobierno de España.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 27 de marzo de 2026
Las vicepresidencias podrán presidir comisiones delegadas del Gobierno
Además de las funciones que les encomiende el presidente del Gobierno, las vicepresidencias podrán asumir la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno que determine el real decreto correspondiente. El cambio incorpora esta posible función a sus competencias.
Reforma BOE-A-2026-7036Ver qué cambió → - 29 de diciembre de 2023Reforma BOE-A-2023-26728Ver qué cambió →
- 21 de noviembre de 2023Versión original BOE-A-2023-23538
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Vicepresidencia Primera
La Vicepresidencia Primera ejerce las funciones encomendadas por el Presidente y preside la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
Artículo 2 — Vicepresidencia Segunda
La Vicepresidencia Segunda ejerce las funciones encomendadas por el Presidente y preside la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
Artículo 3 — Vicepresidencia Tercera
La Vicepresidencia Tercera ejerce las funciones encomendadas por el Presidente y preside la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.
Artículo 4 — Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios
Ninguna Vicepresidencia preside la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios. Dicha presidencia la ejerce el titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Artículo 5 — Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios
La presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios no corresponde a las Vicepresidencias. Será ejercida por la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga el Real Decreto 508/2021, de 10 de julio, sobre las Vicepresidencias del Gobierno, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- los arts. 3 y 8 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre BOE-A-1997-25336
- el Real Decreto 508/2021, de 10 de julio BOE-A-2021-11511
Leyes que la modifican
- los arts. 1, 4 y SE SUPRIME el 5, por Real Decreto 1231/2023, de 29 de diciembre BOE-A-2023-26728
- el art. 1, por Real Decreto 255/2026, de 26 de marzo BOE-A-2026-7036
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.