Real Decreto 689/2023, de 18 de julio, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras
También conocida como: RD 689/2023, RD 689/23Esta norma establece cómo se gestionará y distribuirá el agua en las cuencas de Andalucía para garantizar el abastecimiento y proteger el medio ambiente.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Primero. Aprobación de los Planes Hidrológicos de las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, Guadalete-Barbate y Tinto, Odiel y Piedras
Se aprueban los Planes Hidrológicos de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, Guadalete-Barbate y Tinto, Odiel y Piedras, aprobados por el Consejo de Gobierno de Andalucía el 25 de abril de 2023. Su ámbito coincide con el definido en el Decreto 357/2009.
Segundo. Condiciones para la realización de las infraestructuras hidráulicas promovidas por la Administración General del Estado
Las infraestructuras hidráulicas estatales se analizan previamente en viabilidad técnica, económica y ambiental. Su construcción depende de la normativa ambiental, presupuestos y planes sectoriales, sin superar fondos nacionales o comunitarios.
Tercero. Publicidad
El contenido de los planes hidrológicos es público. Cualquier persona puede consultarlos en el portal de la Consejería de la Junta de Andalucía. También se pueden obtener copias o certificados conforme a la Ley 27/2006 y la Ley 19/2013.
Cuarto. Efectos
Al entrar en vigor este real decreto, queda sin efectos el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, que aprobaba los Planes Hidrológicos de las demarcaciones de Galicia Costa, Cuencas Mediterráneas Andaluzas, Guadalete y Barbate, y Tinto, Odiel y Piedras.
Quinto. Eficacia
El Real Decreto 689/2023, de 18 de julio, que aprueba los Planes Hidrológicos de las cuencas mediterráneas andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras, surte efectos el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- los arts. 40 y 41 de la Ley de Aguas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio BOE-A-2001-14276
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julio BOE-A-2007-13182
- el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero BOE-A-2016-602
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