Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, para la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en los delitos contra la libertad sexual, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
También conocida como: LO 4/2023, LO 4/23Esta ley ajusta las penas y mejora la protección de las víctimas en delitos sexuales, reforzando la importancia del consentimiento en las relaciones.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único — Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Se modifican los artículos 132, 173, 178, 179, 180, 181 y 189 bis del Código Penal, en relación con delitos contra la libertad sexual.
Disposición transitoria primera — Legislación aplicable
Los delitos previos se juzgan con la ley vigente al cometerse, salvo que esta ley sea más favorable. Se comparan penas y medidas de seguridad. En todo caso, se oye al reo.
Disposición transitoria segunda — Revisión de sentencias
El CGPJ asigna la revisión de sentencias firmes a jueces especializados. Se revisan las penas efectivas si la nueva ley es más favorable, excepto si la duración es igual, salvo que haya pena no privativa. No se revisan si la pena está suspendida, en libertad condicional, es solo multa, o ya ejecutad
Disposición transitoria tercera — Reglas de invocación de la normativa aplicable en materia de recursos
En recursos pendientes de la nueva ley: en apelación, se aplica la ley más favorable; en casación no formalizada, se invocan infracciones con la nueva ley; en casación en trámite, se dan 8 días para adaptar motivos. En todo caso, se oye a las partes personadas.
Disposición transitoria cuarta — Procedimientos penales en tramitación
La modificación del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se aplica a los procesos en tramitación al entrar en vigor la ley, salvo que ya se hubiera dictado auto de apertura de juicio oral.
Disposición final primera — Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882
Se modifica el apartado 3 del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
Disposición final segunda — Modificación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
Se modifica el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Disposición final tercera — Disposiciones con carácter de ley ordinaria
La disposición transitoria cuarta y la disposición final primera de la Ley Orgánica 4/2023 tienen carácter de ley ordinaria.
Disposición final cuarta — Entrada en vigor
La Ley Orgánica 4/2023, de 27 de abril, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 14.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 (Gazeta) BOE-A-1882-6036
- los arts. 132, 173, 178 a 181 y 189 bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre BOE-A-1995-25444
- el art. 10.2 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero BOE-A-2000-641
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