Decreto-ley 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero
También conocida como: RDL 4/2022, RDL 4/22Normativa catalana que ajusta tasas, impuestos y ayudas financieras para apoyar a empresas, pescadores y sectores afectados por la situación económica.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 2 de octubre de 2025
Se elimina el destino de la recaudación adicional a la transición energética
El aumento de ingresos derivado de la diferencia entre los tipos de gravamen nuevos y los fijados en 2020 deja de estar destinado a financiar actuaciones de transición energética. El cambio afecta a la recaudación de los tributos regulados en este decreto-ley.
Reforma BOE-A-2025-23136Ver qué cambió → - 7 de abril de 2022Versión original BOE-A-2022-7705
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica
Se establecen tarifas para el impuesto sobre emisiones de CO2 de vehículos M1, L3e-L7e y N1, según gramos de CO2/km. Las tarifas se aplican también a la liquidación del ejercicio devengado el 31 de diciembre de 2021.
Artículo 2 — Impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
Se modifica el artículo 14 de la Ley 15/2020, de 29 de abril, relativo al impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, con efectos desde la entrada en vigor del decreto-ley.
Artículo 3 — Exención de la tasa de la pesca fresca
El armador del barco pesquero y sus sustitutos están exentos de la tasa de la pesca fresca (TA4) durante seis meses desde la entrada en vigor, si la pesca accede al puerto por vía marítima.
Disposición final primera Modificación de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2022
Se modifica el apartado 2 del artículo 41 de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2022, redactándolo de la manera indicada.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Decreto-ley 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOGC núm. 8643, de 7 de abril de 2022.
Leyes en las que se basa
- el art. 64 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio BOE-A-2006-13087
- el art. 38 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre BOE-A-2008-19526
- art. 14.1 de la Ley 5/2020, de 29 de abril BOE-A-2020-5569
- art. 41.2 de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre BOE-A-2022-952
Leyes que la modifican
- en la Cuestión 5367/2024, la desestimación, por Sentencia 163/2025, de 7 de octubre BOE-A-2025-22786
- el art. 2.2, por Decreto-ley 19/2025, de 30 de septiembre BOE-A-2025-23136
- por Resolución 336/XIV, de 27 de abril de 2022 DOGC-f-2022-90126
- el art. 1.1, por Ley 11/2026, de 9 de julio DOGC-f-2026-90190
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