Real Decreto 24/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra, y el Real Decreto 153/2016, de 15 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca
También conocida como: RD 24/2021, RD 24/21Esta norma obliga a ganaderos y compradores de leche a declarar su producción y ventas para mejorar el control y la transparencia del sector lácteo.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero — Modificación del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra
El sistema INFOLAC se gestiona por AICA (centralizado) y comunidades autónomas (descentralizado). La información es accesible a órganos competentes y declarantes. Se garantiza la confidencialidad, prohibiéndose la cesión a terceros. Se comunican a la UE, antes del día 25, datos de entregas y precios
Artículo segundo — Modificación del Real Decreto 153/2016 de 15 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca
Los fabricantes de leche envasada deben presentar declaración mensual por cliente en los primeros 20 días del mes siguiente a través de INFOLAC. La información es confidencial, no se transmite fuera del ámbito de actividad salvo agregación para control de mercado
Disposición adicional única — Indicación del origen de la leche
Se prorroga la obligación de indicar el origen de la leche en el etiquetado de productos elaborados en España, hasta el 22 de enero de 2023
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la disposición transitoria única del Real Decreto 1441/2001 sobre el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria
Disposición final única — Entrada en vigor
El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. Excepciones: art. 1.3 (1/1/2021), art. 1.2 (1/2/2021), art. 1.6 (1/1/2022), art. 1.4 y 1.5 (1/2/2022)
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la disposición transitoria única del Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre BOE-A-2002-800
- los arts. 3 y 6, y los anexos II a V del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril BOE-A-2015-4520
- los arts. 3 y 4 del Real Decreto 153/2016 de 15 de a BOE-A-2016-3652
- hasta el 22 de enero de 2023, lo indicado del Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre BOE-A-2018-12837
- los anexos II.4 y III.9 del del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1185, de 20 de abril DOUE-L-2017-81319
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.