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En vigorDecreto urgente

Decreto-ley 43/2020, de 17 de noviembre, por el cual se habilita el Consejo Catalán del Deporte para el otorgamiento de ayudas extraordinarias y de emergencia para hacer frente a la suspensión de la apertura al público de las instalaciones y de los equipamientos deportivos en Cataluña, se crea el Fondo extraordinario adicional 2020 para los entes locales, y se modifica el Decreto-ley 41/2020, de 10 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social en centros educativos y en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a la crisis sanitaria, económica y social generada por la COVID-19

También conocida como: RDL 43/2020, RDL 43/20
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13 de enero de 2021·19 de noviembre de 2020·Comunidad Autónoma de Cataluña·BOE-A-2021-466
Resumen en lenguaje sencillo

Ayudas económicas para gimnasios, clubes deportivos y actividades extraescolares en Cataluña afectados por los cierres durante la pandemia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación del Fondo extraordinario adicional 2020 para los entes locales

    Se crea el Fondo extraordinario adicional 2020 para entes locales con 20 millones de euros para financiar gastos por medidas frente a la crisis sanitaria, económica y social de la COVID-19.

  2. Artículo 2 — Entes locales beneficiarios

    Son beneficiarios del Fondo: ayuntamientos, consejos comarcales, Conselh Generau d’Aran, Área Metropolitana de Barcelona (Barcelonès) y entidades municipales descentralizadas.

  3. Artículo 3 — Participación en el Fondo extraordinario adicional 2020 para los entes locales

    El Fondo (20M€) se distribuye: 13,37M€ municipios; 6,28M€ Arán/comarcas (excl. Barcelonès); 287K€ Área Metropolitana Barcelona; 56K€ entidades descentralizadas. No genera intereses de demora.

  4. Artículo 4 — Criterios de distribución del Fondo extraordinario adicional 2020 para los entes locales

    La distribución del Fondo es proporcional a la del Fondo de Cooperación Local 2020, regulada por las resoluciones PRE/1550, PRE/1578, PRE/1552 y PRE/1551, todas de 26 de junio de 2020.

  5. Artículo 5 — Entrega de las participaciones en el Fondo

    Los entes locales reciben el Fondo 2020 si envían a la Presidencia presupuestos, liquidaciones y cuestionarios estadísticos de 2018, y cuentas a la Sindicatura. Quienes no lo hagan antes del 15 de octubre de 2020 pierden el derecho.

  6. Artículo 6 — Habilitación en el Consejo Catalán del Deporte

    El Consejo Catalán del Deporte gestiona ayudas de emergencia por cierre de instalaciones deportivas, con un presupuesto de 25.000.000 de euros.

  7. Artículo 7 — Personas beneficiarias

    Pueden solicitar las ayudas los titulares de gestión de instalaciones deportivas en Cataluña. Quedan excluidos los entes locales, entidades con más del 50% capital público y autónomos.

  8. Disposición adicional

    Se modifican los apartados a) y b) del artículo 2.1, los apartados 1 y 2 del artículo 3, y el apartado 2 del artículo 5 del Decreto-ley 41/2020, de 10 de noviembre.

  9. Disposición final — Entrada en vigor

    El Decreto-ley 43/2020 entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de enero de 2021
Departamento
Comunidad Autónoma de Cataluña

Notas oficiales

Publicada en el DOGC núm. 8275, de 19 de noviembre de 2020.

Leyes en las que se basa

  • el art. 67.6.a) del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio BOE-A-2006-13087
  • los arts. 2, 3 y 5 del Decreto-ley 41/2020, de 10 de noviembre BOE-A-2020-16971

Leyes que la modifican

  • por Resolución 1117/XII, de 15 de diciembre DOGC-f-2020-90519
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