Decreto-ley 25/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen medidas organizativas en el ámbito de la atención sociosanitaria
También conocida como: RDL 25/2021, RDL 25/21Esta norma regula cómo la Generalitat organiza y contrata los servicios de atención a personas mayores y dependientes en centros sociosanitarios.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Gestión del sistema de atención sociosanitaria
El Servicio Catalán de la Salud gestiona la atención sociosanitaria. Los contratos vigentes pasan a su gestión. Las adendas sociales de 2020 son válidas entre el 1 de enero de 2021 y la entrada en vigor.
Artículo 2 — Modificación del Decreto 118/2014, de 5 de agosto, sobre la contratación y prestación de los servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud
Se modifican los artículos 52, 55 y 59 del Decreto 118/2014 sobre contratación y prestación de servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud.
Artículo 3 — Modificación del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011
Se modifica la disposición adicional sexta del Decreto 142/2010, que aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011.
Disposición adicional
El personal de trabajador social en equipos PADES del Departamento de Derechos Sociales se integra en el Instituto Catalán de la Salud. Los laborales mantienen condiciones; los funcionarios, según necesidades.
Disposiciones transitorias
Mientras no se incorporen las dotaciones, se garantizan transferencias del Departamento de Derechos Sociales. El personal mantiene sus retribuciones hasta desarrollo presupuestario. La liquidación 2021 se regulariza en 2022.
Disposición derogatoria
Se derogan: Decreto 215/1990; apartado 1.2.4 del anexo del Decreto 142/2010; artículo 51 del Decreto 118/2014; y Orden de 20 de marzo de 1992.
Disposición final primera — Adaptaciones presupuestarias
Las titulares de los departamentos de Salud, Derechos Sociales, y Economía y Hacienda pueden realizar adaptaciones presupuestarias necesarias para cumplir este decreto-ley.
Disposición final segunda — Rango normativo de determinados preceptos
Las disposiciones de naturaleza reglamentaria modificadas por este decreto-ley mantienen su rango normativo de decreto a todos los efectos.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Decreto-ley 25/2021, de 2 de noviembre, sobre medidas organizativas en la atención sociosanitaria, entra en vigor el 1 de noviembre de 2021.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOGC num. 8536, de 4 de noviembre
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio BOE-A-2006-13087
Leyes que la modifican
- por Resolución 191/XIV, de 1 de diciembre de 2021 DOGC-f-2021-90423
- con rectificación del número oficial de la Resolución de 191/XIV, de 1 de diciembre de 2021, en DOGC núm. 8574 de 30 de diciembre de 2021 DOGC-f-2021-90466
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