Saltar al contenido
← Volver
En vigorOrden

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

También conocida como: O 1030/2021, O 1030/21
Ver en BOE
30 de septiembre de 2021·Ministerio de Hacienda y Función Pública·BOE-A-2021-15860
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo se organizan y controlan los fondos europeos que recibe España para financiar proyectos de mejora y modernización del país.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

18
Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (18 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La Orden configura el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación para controlar proyectos. Aplica al sector público y agentes implicados, incluyendo un Glosario en el anexo I.

  2. Artículo 2 — Principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

    El Plan de Recuperación se rige por principios obligatorios: hitos, etiquetado verde/digital, DNSH, prevención de fraude, compatibilidad de ayudas, transparencia de beneficiarios y comunicación. Se exige autoevaluación anual, registro de cumplimiento de hitos y gestión basada en resultados.

  3. Artículo 3 — Concepto de hito y objetivo, criterios para su seguimiento y acreditación del resultado

    Los hitos y objetivos del PRTR son metas verificables con indicadores. Se clasifican en CID (para fondos), OA (monitorización), Gestión, Críticos e No Críticos. Las entidades validan su desagregación. El progreso se registra mensualmente en un sistema informático, generando certificados de cumplimie

  4. Artículo 4 — Etiquetado verde y etiquetado digital

    El etiquetado verde y digital asigna el 39,7% y 28,2% del Plan. Los proyectos se evalúan al 0, 40 o 100%. La Autoridad Responsable exige informes por incumplimientos y autoriza modificaciones para corregir impactos negativos.

  5. Artículo 5 — Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do No Significant Harm, DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la evaluación inicial

    Ninguna medida del Plan causará perjuicio significativo (DNSH) a seis objetivos medioambientales: clima, agua, economía circular, contaminación y biodiversidad. Cada medida tiene evaluación inicial y test de autoevaluación en los anexos.

  6. Artículo 6 — Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses

    Entidades del PRTR deben tener Plan Antifraude (90 días). Incluye evaluación de riesgos, prevención, detección y corrección. Ante fraude: suspender, notificar, investigar, denunciar y retirar fondos.

  7. Artículo 7 — Compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación

    La ejecución del PRTR respalda límites de ayudas de Estado y prohíbe doble financiación. Las entidades deben aplicar procedimientos de cumplimiento, usando cuestionarios del anexo II.B.6 y referencias del anexo III.D.

  8. Artículo 8 — Identificación del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas

    Se exige identificar beneficiarios y contratistas con NIF, nombre, domicilio fiscal, cesión de datos y declaración de principios. Los económicos acreditan inscripción en censo tributario. La info se aporta trimestralmente a la Oficina de Informática Presupuestaria para crear una Base de Datos con um

  9. Artículo 9 — Comunicación

    Las actuaciones del Plan deben usar su logo y el de la UE con la frase 'financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU'. Se exige estrategia de comunicación, web única, información veraz y cláusula de exención de responsabilidad.

  10. Artículo 10 — Modificaciones y seguimiento de los principios aplicables

    Los órganos responsables pueden solicitar modificaciones del Plan de Recuperación. La Autoridad Responsable evalúa el impacto en hitos y objetivos, requiriendo informe de la Dirección General de Presupuestos si hay cambios de recursos. El incumplimiento puede reducir pagos; si se aprueba la modifica

  11. Artículo 11 — El sistema de información de gestión y seguimiento

    La Autoridad Responsable gestiona el sistema de información del PRTR con la Oficina de Informática Presupuestaria. Facilita coordinación, exige colaboración de órganos responsables/gestores, emite informes mensuales y asegura acceso a datos externos para cumplir hitos y objetivos hasta 2026.

  12. Artículo 12 — El Informe de Gestión

    El Informe de Gestión se elabora semestralmente (plazos: 45 días tras 30 jun/31 dic; 20 jul/20 ene para ejecutores). Incluye hitos, objetivos, indicadores y recursos. Firmado por responsables. Estructura: introducción, procedimientos, descripción, marco temporal y resultados. Existe además un Infor

  13. Artículo 13 — Declaración de Gestión

    La Autoridad Responsable emite la Declaración de Gestión con cada Solicitud de Pago, basándose en informes de control y cumplimiento. Los órganos gestores deben presentar Informes de Gestión periódicos, declarando el uso correcto de fondos, prevención de fraude y veracidad de hitos, sin poder delegar la firma.

  14. Disposición transitoria única — Suministro de información de periodos anteriores a la entrada en vigor de la Orden, en relación con la «Base de Datos de los beneficiarios de las ayudas, de contratistas y subcontratistas»

    Para los años 2020 y 2021, los órganos responsables aportarán datos de beneficiarios, contratistas y subcontratistas del PRTR al formato definido por la Oficina de Informática Presupuestaria.

  15. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.

  16. Disposición final primera — Título competencial

    La Orden se aprueba basándose en las competencias del Estado en planificación económica, hacienda, deuda pública y bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.

  17. Disposición final segunda — Habilitación normativa

    Se habilita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y a la Secretaría General de Fondos Europeos para dictar resoluciones y adoptar medidas para el desarrollo de esta Orden.

  18. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de septiembre de 2021
Departamento
Ministerio de Hacienda y Función Pública

Leyes en las que se basa

  • el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre BOE-A-2020-17340
  • el Acuerdo publicado por Resolución de 29 de abril de 2021 BOE-A-2021-7053
  • el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero DOUE-L-2021-80170
ayudas públicascontrol de fondosfondos europeosgestión de ayudasplan de recuperaciónproyectos de inversiónsubvenciones