Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y se adjudica de forma directa, el servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19
Establece las rutas aéreas esenciales y los servicios de transporte obligatorios en Canarias durante el estado de alarma por el COVID-19.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Resolución de 10 de abril de 2020. BOE-A-2020-4469
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
- La Orden TMA/246/2020, de 17 de marzo BOE-A-2020-3822
- la Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo BOE-A-2020-4028
Leyes que la modifican
- condiciones para la prestación y adjudicación de forma directa del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario: Resolución de 10 de abril de 2020 BOE-A-2020-4469
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.