Saltar al contenido
← Volver
Ya no está en vigorOrden

Orden APA/288/2020, de 24 de marzo, por la que se modifican determinados plazos para la tramitación de los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español para el año 2020, como consecuencia de la aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo

También conocida como: O 288/2020, O 288/20
Ver en BOE
26 de marzo de 2020·Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación·BOE-A-2020-4103
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma amplía los plazos para solicitar y gestionar ayudas al sector del vino debido a las dificultades causadas por el estado de alarma.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3
Artículos
1
Versiones
8
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
26 de marzo de 2020
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Notas oficiales

Esta disposición ha dejado de estar vigente

Leyes en las que se basa

  • en la forma indicada, para el año 2020, los plazos regulados en el arts. 33.1, 35.1, 68.5, 69 y la disposición transitoria 3 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre BOE-A-2018-15056
  • la disposición adicional 3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
ayudas al vinoayudas campoayudas sector vitivinícolaplazos subvencionesplazos trámites agrícolassubvenciones viticulturatrámites estado alarma