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En vigorInstrucción

Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN)

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19 de marzo de 2020·21 de abril de 2020·Ministerio de Hacienda·BOE-A-2020-3862
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma permite pagar tus deudas con Hacienda usando tu tarjeta bancaria y el sistema Cl@ve PIN para identificarte de forma segura por internet.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

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Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto y ámbito de aplicación

    La resolución aprueba la identificación telemática con Cl@VE PIN para el pago de deudas con tarjeta en la sede electrónica. Aplica a personas físicas que ordenen el pago. Incluye modelos 681-685 y 696.

  2. Segundo. Requisitos previos

    Para pagar con tarjeta vía Cl@ve PIN, el ordenante debe tener dicho sistema registrado (en la sede electrónica o presencialmente) y ser titular de la tarjeta usada. La entidad colaboradora debe estar adherida al procedimiento de pago telemático.

  3. Tercero. Entidades colaboradoras adheridas al procedimiento

    Las entidades colaboradoras adheridas al pago con tarjetas (Resolución 3 de junio de 2009) se consideran automáticamente adheridas a esta resolución, salvo que comuniquen lo contrario al Departamento de Recaudación. Quien comunique lo contrario queda excluido.

  4. Cuarto. Procedimiento para el pago

    El pago de deudas con tarjeta se realiza en la sede de la AEAT usando Cl@ve PIN. Se verifican datos de la tarjeta (titularidad y caducidad). La entidad colaboradora cobra y genera el NRC. Para tasas, se conecta con el organismo gestor, quien confirma el pago mediante mensaje imprimible junto al NRC.

  5. Quinto. Tasas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria

    Se equiparan a autoliquidaciones las tasas por gestión de residuos radiactivos (modelos 681, 682, 683 y 684), apuestas (modelo 685) y potestad jurisdiccional (modelo 696).

  6. Sexto. Comprobación de operaciones

    La Agencia Tributaria permite consultar el resultado del pago en su sede electrónica aportando los mismos datos de la solicitud. La respuesta es el mensaje de confirmación con NRC o la indicación de que no consta o fue anulado.

  7. Séptimo. Responsabilidad

    La Agencia Tributaria verifica la validez del sistema Cl@ve PIN y certifica a entidades si lo solicitan. No responde por fallos de la entidad colaboradora, rechazos o pagos con tarjetas no correspondientes. Los formularios se conservan íntegramente.

  8. Octavo. Órgano responsable del sistema

    El Departamento de Informática Tributaria es el responsable de implementar y gestionar el sistema de información para prestar la asistencia prevista en esta resolución.

  9. Noveno. Aplicabilidad

    La resolución es aplicable a los pagos realizados a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 1 de junio de 2020.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de marzo de 2020
Departamento
Ministerio de Hacienda

Notas oficiales

Aplicable desde el 1 de junio de 2020, según la modificación del apartado 9 por Resolución de 15 de abril de 2020.

Leyes en las que se basa

  • el art. 84.3 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio BOE-A-2007-15984
  • Resolución de 3 de junio de 2009 BOE-A-2009-10480
  • el apartado 1.1 de la Resolución de 17 de noviembre de 2011 BOE-A-2011-18763
  • Resolución de 4 de marzo de 2014 BOE-A-2014-2598

Leyes que la modifican

identificación electrónicapagar deudas haciendapagar impuestos con tarjetapagos online agencia tributariatrámites tributarios por internetusar clave pin