Ley Foral 4/2020, de 27 de febrero, de Símbolos de Navarra
Esta ley regula cómo y cuándo deben usarse los símbolos oficiales de Navarra, como su bandera, su escudo y su himno en actos públicos.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (16 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Símbolos de la Comunidad Foral de Navarra
Los símbolos de identidad exclusivos de la Comunidad Foral de Navarra son la bandera, el escudo y el himno de Navarra.
Artículo 2 — Uso de los símbolos de Navarra
Escudo y bandera son exclusivos de instituciones. Prohíbe añadir símbolos. Uso comercial o político requiere autorización. Se regulará su uso en eventos deportivos y culturales.
Artículo 3 — Régimen de protección jurídica
Los símbolos de Navarra gozan de la misma protección jurídica que las leyes estatales confieren a los símbolos del Estado.
Artículo 4 — Descripción de la bandera de Navarra
La bandera oficial de Navarra es roja con el escudo en el centro, sobre tejido rectangular de dimensiones proporcionales pero variables.
Artículo 5 — Uso de la bandera de Navarra
Es derecho cívico ondear la bandera en sedes administrativas y locales. Debe estar en lugar preferente, con preeminencia de la bandera de España. En luto oficial, ondea a media asta.
Artículo 6 — Ubicación preferente de la bandera de Navarra
La bandera de Navarra ocupa lugar preferente en sedes e instituciones, sin perjuicio de la preeminencia de la bandera de España.
Artículo 7 — Orden de colocación de las banderas
La bandera de Navarra se sitúa a la izquierda de la presidencia. Junto a otras banderas locales, a la derecha de la española si el número es impar. No puede ondear en igualdad con marcas o entidades privadas. Su tamaño no supera al de España.
Artículo 8 — Homenaje a la bandera de Navarra y fomento de sus símbolos
El Gobierno de Navarra realiza homenajes a la bandera y fomenta su uso. Promueve el conocimiento de símbolos mediante estudios, exposiciones y certámenes. Fomenta su presencia visual en lugares con relevancia histórica o identidad política.
Artículo 9 — Descripción del escudo de Navarra
El escudo de Navarra tiene cadenas de oro sobre fondo rojo, esmeralda central y Corona Real. El Gobierno de Navarra puede adoptar un logotipo simplificado como imagen corporativa, actualizado a los gustos estéticos de cada época.
Artículo 10 — Uso público del escudo de Navarra
El escudo de Navarra debe figurar en despachos, vehículos, diplomas, documentos oficiales, publicaciones, distintivos, lugares representativos y otros casos reglamentarios.
Artículo 11 — Himno de Navarra
El himno oficial de Navarra es el denominado «Himno de las Cortes», según establece el artículo 11 de la Ley Foral 4/2020, de 27 de febrero, de Símbolos de Navarra.
Artículo 12 — Interpretación en actos oficiales
El himno de Navarra se interpreta al inicio o final de actos oficiales públicos de especial significación organizados por las instituciones de la Comunidad Foral.
Artículo 13 — Prohibición de uso en versiones no oficiales
Se prohíbe la utilización del himno de Navarra en actos, formas o versiones no oficiales que menoscaben su alta significación.
Disposición derogatoria única
Queda derogada la Ley Foral 3/2017, de 6 de abril, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley foral.
Disposición final primera — Desarrollo reglamentario
Se autoriza al Gobierno de Navarra a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación, desarrollo y ejecución de esta ley foral.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Ley Foral 4/2020, de 27 de febrero, de Símbolos de Navarra, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BON núm. 44, de 4 de marzo de 2020.
Leyes en las que se basa
- los arts. 7 y 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20824
- la Ley Foral 3/2017, de 6 de abril BOE-A-2017-5045
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