Orden ICT/971/2020, de 15 de octubre, por la que se desarrolla el programa de renovación del parque circulante español en 2020 (Plan Renove 2020) y se modifica el Anexo II del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo
También conocida como: O 971/2020, O 971/20Esta norma regula las ayudas económicas para comprar vehículos nuevos y achatarrar los antiguos, buscando renovar el parque automovilístico español.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
El renting/leasing requiere compra de vehículo nuevo en España. Los seminuevos deben matricularse por primera vez a nombre del concesionario en España tras el 1 de enero de 2020.
Artículo 2 — Compatibilidad y concurrencia de las subvenciones
Se considera única empresa a sociedades vinculadas por mayoría de votos, control del órgano de administración, influencia dominante o control conjunto. La suma de ayudas no supera el coste del vehículo.
Artículo 3 — Vigencia del programa y plazos para la presentación de solicitudes
El programa dura del 15 de junio al 31 de diciembre de 2020 para presentar solicitudes. Tras esa fecha solo se admite documentación justificativa. A las 00:00 del 1 de enero de 2021 se anulan los expedientes en lista de espera.
Artículo 4 — Gestión de las ayudas
La gestión de ayudas se realiza mediante sistema electrónico con las garantías de la Ley 39/2015. Las referencias a la Ley 11/2007 se entienden hechas a la Ley 39/2015.
Artículo 5 — Formalización y presentación de solicitudes
Los concesionarios, puntos de venta, agencias, renting y leasing pueden facilitar medios electrónicos para solicitar la ayuda si el solicitante es persona física y lo requiere. Deben acreditar su condición de representante.
Artículo 6 — Resolución y pago de las ayudas
El pago de la ayuda se realiza mediante transferencia bancaria a cuenta a nombre del beneficiario. En operaciones de renting, el pago se realiza a la empresa de renting.
Artículo 7 — Modificación del anexo II: Plan Renove 2020
El Plan Renove 2020 financia vehículos nuevos, seminuevos o transformados (GLP/GNC). Se exige baja de vehículo antiguo (+10 años M1, +7 N1). Ayudas hasta 950€ + 500€ extra por movilidad reducida, ingresos <1.500€ o achatarramiento >20 años. Plazo solicitud: 120-180 días.
Disposición final primera — Obligaciones tributarias
Las ayudas del Plan Renove 2020 tributan en IRPF 2021 como Ganancias Patrimoniales. Solo se incluyen importes del Estado, no descuentos del concesionario.
Disposición final segunda — Título competencial
La orden se basa en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación económica.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Orden ICT/971/2020, de 15 de octubre, sobre el Plan Renove 2020, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 1, 3 a 5 del anexo II y DESARROLLA los arts. 38 a 52 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio BOE-A-2020-7311
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