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En vigorOrden

Orden HAC/1272/2019, de 16 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2020

También conocida como: O 1272/2019, O 1272/19
Ver en BOE
31 de diciembre de 2019·Ministerio de Hacienda·BOE-A-2019-18748
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los límites económicos que determinan qué tipo de contrato debe usar la administración pública para contratar servicios o obras.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (1 artículo con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación de umbrales a efectos de aplicación de los procedimientos de contratación

    Desde el 1/1/2020, los umbrales de contratación pública bajan: 5.350.000 € (antes 5.548.000 €), 214.000 € (antes 221.000 €), 139.000 € (antes 144.000 €), 428.000 € (antes 443.000 €) en leyes 9/2017, 31/2007 y 24/2011.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
31 de diciembre de 2019
Departamento
Ministerio de Hacienda

Leyes en las que se basa

  • los arts. 16.a) y b) y 95.1 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre BOE-A-2007-18875
  • el art. 5.a) y b) de la Ley 24/2011, de 1 de agosto BOE-A-2011-13239
  • los arts. 20.1, 21.1.a) y b), 22.1.a) y b), 23.1.a) y b) y 318.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre BOE-A-2017-12902
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