Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo
También conocida como: RD 189/2018, RD 189/18Esta norma define qué se estudia y qué se aprende para obtener el título oficial de Técnico en comercialización de productos alimentarios.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
El Real Decreto establece el título oficial de Técnico en comercialización de productos alimentarios, válido en todo el territorio nacional, fijando sus aspectos básicos curriculares.
Artículo 2 — Identificación del título
El título de Técnico en comercialización de productos alimentarios es de Grado Medio, dura 2000 horas y pertenece a la familia de Comercio y Marketing y Hostelería y Turismo. Corresponde al nivel CINE-3 b y al nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones.
Artículo 3 — Perfil profesional del título
El perfil profesional se define por la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, y las cualificaciones incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Artículo 4 — Competencia general
La competencia general consiste en desarrollar actividades comerciales en establecimientos físicos y online: planificación, logística, reposición, supervisión de secciones y atención a clientes/proveedores, cumpliendo calidad, prevención de riesgos, seguridad alimentaria y protección del consumidor.
Artículo 5 — Competencias profesionales, personales y sociales
El título incluye competencias para analizar viabilidad, supervisar gestión administrativa, fiscal y logística, aplicar marketing, gestionar ventas físicas y online, manipular alimentos, coordinar equipos y aplicar protocolos de seguridad y calidad.
Artículo 6 — Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título
Incluye la cualificación COM631_2 (gestión pequeño comercio) con 5 unidades. Cualificaciones incompletas: COM085_2 (venta), COM318_3 (almacenes) y HOT093_2 (cocina), cada una con sus unidades específicas.
Artículo 7 — Entorno profesional
El titular trabaja en comercio alimentario físico u online, en tiendas o grandes superficies, por cuenta propia o ajena. Puestos: responsable de establecimiento, gestor de pequeño comercio, asesor comercial y vendedor.
Artículo 8 — Prospectiva del título en el sector o sectores
El perfil evoluciona hacia la polivalencia en gestión y supervisión. El sector se concentra en microempresas (>95%). Crecen productos especializados y compras online. Mejora la legislación de seguridad y riesgos laborales.
Artículo 9 — Objetivos generales
El ciclo formativo en comercialización de productos alimentarios tiene 25 objetivos: crear planes de empresa, gestionar establecimientos físicos y online, marketing, logística, calidad, seguridad, despiece, atención al cliente, idiomas, emprendimiento y competencias sociales.
Artículo 10 — Módulos profesionales
El ciclo incluye 15 módulos (ej. constitución de negocios, logística, inglés) y un proyecto intermodular. Tiene estructura modular con un optativo de 80 horas y periodo de formación en empresa.
Artículo 11 — Espacios y equipamientos
Los espacios y equipamientos deben garantizar la seguridad, ergonomía y calidad de la enseñanza, cumpliendo la normativa de prevención de riesgos laborales y siendo suficientes para el alumnado.
Artículo 12 — Profesorado
La docencia corresponde a profesorado específico. En centros privados o de otras administraciones, se exige titulación o 3 años de experiencia laboral acreditada en el sector vinculado.
Artículo 13 — Acceso a otros estudios
El título permite acceder a ciclos de grado medio o superior. Permite obtener el Bachillerato superando la evaluación final, aunque esta vía está suspendida hasta nueva normativa.
Artículo 14 — Convalidaciones y exenciones
Las convalidaciones se rigen por el anexo IV. Se convalida Formación y Orientación Laboral entre ciclos. El módulo de pequeños negocios convalida Empresa e iniciativa emprendedora. Con experiencia laboral (1 año) y prevención básica, se convalida Formación y Orientación Laboral. La exención de FCT r
Artículo 15 — Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención
Las convalidaciones siguen el Real Decreto 659/2023. Para títulos anteriores al 5/3/2017 aplica el RD 1085/2020; posteriores, el anexo IV de cada RD. La acreditación de competencias por experiencia laboral usa tablas de correspondencia. Si hay varias competencias, se requieren todas. Prevalece la c
Disposición adicional primera — Referencia del título en el marco europeo
Se determinará el nivel de esta titulación en el marco nacional y su equivalente europeo una vez establecido el marco nacional de cualificaciones.
Disposición adicional segunda — Oferta a distancia de este título
Los módulos profesionales podrán ofertarse a distancia si se garantizan los resultados de aprendizaje. Las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias.
Disposición adicional tercera — Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales
El módulo de Formación y orientación laboral capacita para prevención de riesgos laborales (RD 39/1997) si tiene al menos 45 horas lectivas. Se garantiza el conocimiento en manipulación de alimentos.
Disposición adicional cuarta — Regulación del ejercicio de la profesión
El título de Técnico en comercialización de productos alimentarios, establecido por el Real Decreto 189/2018, no constituye una regulación del ejercicio de ninguna profesión regulada.
Disposición adicional quinta — Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título
Las Administraciones educativas incluirán en el currículo el diseño para todas las personas. Adoptarán medidas para garantizar el acceso y cursado según la Ley General de Discapacidad.
Disposición adicional sexta — Titulaciones habilitantes a efectos de docencia
Las titulaciones del anexo III B) habilitan para el ingreso en especialidades del profesorado. Las del anexo III D) habilitan para docencia en los distintos módulos profesionales.
Disposición transitoria única — Acceso a otros estudios
El acceso a otros estudios queda suspendido hasta la normativa del Pacto de Estado. Los alumnos con el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios pueden obtener el título de Bachiller cursando las materias troncales de la modalidad elegida.
Disposición final primera — Título competencial
Este real decreto es norma básica al amparo del art. 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva para desarrollar el art. 27 constitucional.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Notas oficiales
Aplicable en la forma indicada en la disposición transitoria única.
Leyes en las que se basa
- los arts. 6 bis 1.e) y 39.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo BOE-A-2006-7899
- el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio BOE-A-2011-13118
Leyes que la modifican
- y se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio: Orden EFP/1210/2019, de 11 de diciembre BOE-A-2019-18091
- los arts. 2, 10, 12, 15, los anexos I, III y las referencias indicadas, por Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo BOE-A-2024-10684
- el anexo IV, por Real Decreto 212/2025, de 18 de marzo BOE-A-2025-7193
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