Saltar al contenido
← Volver
En vigorOrden

Orden APA/1083/2018, de 8 de octubre, por la que se dictan medidas para evitar la contaminación transfronteriza derivada del cultivo de maíz modificado genéticamente hacía los estados miembros vecinos en los que esté prohibido el cultivo de dichos organismos modificados genéticamente

También conocida como: O 1083/2018, O 1083/18
Ver en BOE
18 de octubre de 2018·Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación·BOE-A-2018-14220
Resumen en lenguaje sencillo

Normas para agricultores que cultivan maíz transgénico cerca de la frontera para evitar que afecte a los cultivos de países vecinos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4
Artículos
1
Versiones
11
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Objeto

    La orden establece medidas para evitar la contaminación transfronteriza por maíz genéticamente modificado en la frontera con Francia.

  2. Segundo. Medidas de coexistencia transfronterizas

    Los agricultores que cultiven maíz genéticamente modificado deben mantener una distancia de aislamiento de 20 metros respecto a la frontera con Francia.

  3. Tercero. Vigilancia y control

    La autoridad autonómica vigila las parcelas de maíz modificado. Debe comunicar anualmente, antes del 1 de diciembre, los datos de control al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

  4. Cuarto. Eficacia

    La Orden APA/1083/2018, de 8 de octubre, produce efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
18 de octubre de 2018
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Notas oficiales

Efectos desde el 19 de octubre de 2018.

Leyes en las que se basa

  • la disposición adicional única del Reglamento aprobado por Real Decreto 178/2004, de 30 de enero BOE-A-2004-1850
  • el art. 26 bis de la Directiva 2001/18/CE, de 12 de marzo de 2001 DOUE-L-2001-80990
  • Reglamento (UE) 2017/625, de 15 de marzo DOUE-L-2017-80723
agriculturacontaminación de cosechascultivo de maízfrontera con Franciamaíz transgéniconormas para agricultoresorganismos modificados genéticamenteprotección de cultivos